WomensLaw sirve y apoya a todas las personas sobrevivientes.

Información Legal: California

Órdenes de restricción

Ver Todo
Leyes actualizadas al 18 de noviembre de 2025

¿Cómo tomará el juez una decisión?

Una orden de restricción temporal o final por violencia con armas de fuego solo se debe dar si se intentaron métodos menos restrictivos y no funcionaron o son inapropiados para las circunstancias.1

Al decidir si dar una orden de restricción por violencia con armas de fuego, el/la juez/a debe considerar la siguiente evidencia:

  1. una amenaza de violencia o acto de violencia reciente por parte de la persona demandada contra sí misma o contra una persona, grupo o lugar;
  2. la violación de una orden de restricción de emergencia contra la violencia doméstica o una orden de protección de emergencia contra el acecho, si está vigente al momento de el/la juez/a considerar la petición;
  3. una violación reciente de cualquiera de las siguientes órdenes que no haya expirado:
  • orden de protección contra la violencia doméstica;
  • orden civil contra el acoso;
  • orden de restricción contra la violencia en el lugar de trabajo;
  • orden de protección contra la intimidación de testigos;
  • orden de restricción contra el maltrato de personas adultas mayores o dependientes;
  • orden de restricción contra la violencia escolar; o
  • orden de restricción por violencia con armas de fuego de otro estado;
  1. una sentencia por un crimen que prohíba la compra y posesión de armas de fuego bajo la ley de California; y
  2. un patrón de actos violentos o amenazas dentro de los pasados 12 meses por parte de la persona demandada contra sí misma o contra una persona, grupo o lugar.2

Nota: La ley define “reciente” como algo que haya ocurrido dentro de los pasados seis meses.3

El/la juez/a también puede considerar cualquier otra evidencia relevante que indique un aumento en el riesgo de violencia, tal como:

  1. el uso, exhibición o movimiento amenazante de un arma de fuego, incluyendo, pero no limitado a, el uso de comunicaciones electrónicas incluyendo mensajes o publicaciones en redes sociales, mensajes de texto o correos electrónicos;
  2. el uso, intento de uso o amenaza de uso no reciente de la fuerza física contra otra persona;
  3. un arresto anterior por un delito grave;
  4. la violación no reciente de una orden de protección de emergencia contra la violencia doméstica o una orden de protección de emergencia contra el acecho;
  5. la violación no reciente de una:
  • orden de protección contra la violencia doméstica;
  • orden civil contra el acoso;
  • orden de protección para declarar a un/a menor de edad como dependiente;
  • orden de protección contra la intimidación de testigos;
  • orden de restricción contra el maltrato de personas adultas mayores o dependientes;
  • orden de restricción contra la violencia escolar; o
  • orden de restricción por violencia con armas de fuego de otro estado;
  1. evidencia documentada, como informes policiales y expedientes de sentencias criminales, de ofensas criminales recientes de drogas o alcohol o el abuso continuo de drogas o alcohol; 
  2. evidencia de:
  • haber obtenido o intentado obtener recientemente armas de fuego, municiones u otras armas mortales;
  • haber obtenido armadura corporal recientemente;
  • haber cometido acecho;
  • haber cometido crueldad de animales;
  • amenazas de violencia orales, electrónicas o escritas hacia cualquier persona o grupo debido a su raza o etnia, nacionalidad, religión, discapacidad, género u orientación sexual real o percibida;
  • haber desfigurado, dañado o destruido intencionalmente la propiedad de otra persona con el propósito de intimidar o interferir con sus derechos constitucionales por la raza o etnia, nacionalidad, religión, discapacidad, género u orientación sexual real o percibida de esa persona; y
  • amenazas de violencia para adelantar un objetivo político o para interferir con los derechos constitucionales de otra persona, incluyendo a través de medios electrónicos.4

Nota: “No reciente” se refiere a un periodo de tiempo de más de seis meses atrás.

1 Cal. Penal Code §§ 18125(a)(2); 18150(b)(2); 18175(b)(2)
2 Cal. Penal Code § 18155(b)(1), (b)(3)
3 Cal. Penal Code § 18155(b)(3)
4 Cal. Penal Code § 18155(b)(2)