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Información Legal: California

Órdenes de Restricción

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Actualizada: 
11 de enero de 2024

¿Cómo hago para que mi orden de restricción se pueda hacer cumplir en otro estado?

La ley federal no requiere que usted realice pasos especiales para que se haga cumplir su orden en otros estados.

Diversos estados tienen leyes y regulaciones sobre el registro o presentación de ordenes de otros estados, esto permite el fácil cumplimiento de su orden, sin embargo, una ORVD válida se hace cumplir aunque no esté registrada o presentada en el nuevo estado.1 Las reglas difieren de estado en estado, así que le sería de utilidad averiguar las reglas en su nuevo estado. Para mayor información, usted puede contactar una organización local para la violencia doméstica, visite nuestra página CA Intercesoras y Albergues e ingrese su nuevo estado en el menú desplegable.

1 18 U.S.C. § 2265(d)(2)