WomensLaw sirve y apoya a todas las personas sobrevivientes sin importar su sexo o género.

Información Legal: Colorado

Órdenes de Restricción

Ver Todo
Actualizada: 
13 de octubre de 2023

¿Puedo hacer válida mi orden de protección si cambio de domicilio? 

Si, la ley federal provee lo que se llama “plena fé y crédito,” en inglés “full faith and credit,” que significa que una vez que usted tenga una orden de protección penal o civil, esta continúa teniendo validez donde usted vaya en U.S., incluyendo los territorios y las tierras tribales de U.S. Muchos estados tienen leyes o regulaciones (reglas) acerca de la registración o solicitud de las órdenes que no son inicialmente del estado, lo que hace más fácil su ejecución, pero una orden de restricción válida es aplicable independientemente de que haya o no sido registrada o solicitada en el nuevo estado.1

Las reglas difieren de un estado a otro, es así que puede serle útil averiguar cuales son las reglas que rigen en su nuevo estado. Puede contactarse con la organización contra la violencia doméstica de su localidad para mayor información, para esto puede visitar nuestra página Intercesoras y Albergues e ingrese su nuevo estado en el menú desplegable. También puede llamar al National Center on Protection Orders and Full Faith & Credit (1-800-903-0111 x 2) para lograr información acerca de la ejecución de una orden en otro estado.

Nota: Para información acerca de la ejecución de una orden de protección militar (MPO) fuera de una instalación militar, o la ejecución de una orden de restricción civil (CPO) en una instalación militar, por favor vea nuestra página Órdenes de Protección Militar.

1 18 U.S.C. § 2265(d)(2)