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Órdenes de Restricción

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Actualizada: 
13 de octubre de 2023

¿Necesito una copia especial de mi orden de protección para que se pueda hacer cumplir?

En ciertos estados será necesario que obtenga una copia certificada de su orden de protección. Una copia certificada demuestra que esta es una copia “real y correcta”, está firmada y tiene las iniciales del asistente de corte quien le dio la orden y usualmente lleva una estampa de la corte.

La copia que usted originalmente recibió puede o no que sea certificada, dependiendo en que condado fue emitida. Si su copia no es una copia certificada, llame o vaya a la corte que le dio la orden y pídale al oficinista de tribunal por una copia certificada. 

Nota: Es una buena idea mantener una copia de la orden con usted en todo momento. Querrá también traer consigo varias copias de su orden al mudarse. Deje copias de la orden en su lugar de trabajo, en casa, en la escuela o guardería de sus niños, en su auto, con un vecino de confianza, etc. Dele una copia al guardia de seguridad o al portero del sitio donde trabaja y/o vive. Entréguele una copia a toda persona que sea nombrada y protegida en la orden.