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Información Legal: Colorado

Órdenes de Restricción

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Actualizada: 
13 de octubre de 2023

¿Cuáles son los tipos de órdenes de protección que existen? ¿Por cuánto tiempo duran?

Existen tres tipos de órdenes de protección civiles lo que se explican a continuación. Las primeras dos pueden ser otorgadas si haya llamado o no a la policía.1

1. Órdenes de Protección Temporal (ex parte): El juez puede otorgar una orden de protección temporal si cree que usted está en peligro inmediata.2 (“Ex parte” significa que usted puede conseguir la orden sin que su atacante se presente en la corte o haya sido notificado previamente.) El juez no se supone que negarle la orden basándose únicamente en el hecho de que el acto de abuso o amenaza de daño ocurrió hace mucho tiempo de presentar la solicitud.2 Una orden de protección temporal (ex parte) la protegerá hasta el momento en que pueda tener lugar la audiencia para el otorgamiento de su orden permanente, lo que usualmente tendrá lugar dentro de un plazo de 14 días.3 La orden es válida cuando se notifica al demandado.4

2. Órdenes de Protección Permanentes: Cuando usted y el agresor se presentan en una audiencia judicial plena después de que usted recibe su orden temporal, el juez puede:

  • continuar con la orden de protección temporal para un máximo de 1 año (si ambas partes están presentes en la audiencia y ambos están de acuerdo en la continuación); o
  • si el juez determina que el agresor ha cometido actos de violencia doméstica, y que sin la orden, él/ella continuará a cometer tales actos o se intimidar o tomar represalias en su contra, el juez puede concederle una orden de protección permanente (con términos diferentes de la orden de protección temporal, si es necesario).5

Nota: Las órdenes de protección permanente algunas veces incluir términos para el cuidado y la custodia temporal de los hijos menores. Sin embargo, aunque su orden de protección permanente dure por varios años, la parte de la orden de la protección permanente que trata la custodia puede durar solo por 1 año.6 Para conseguir una orden de custodia a largo plazo, usted puede pedir una petición de custodia separada – le sugerimos hablar con un abogado acerca de cómo hacer esto. Puede encontrar abogados con servicios gratuitos y remunerados en nuestra página CO Encontrando a un Abogado.

3. Órdenes de Protección de Emergencia: Una orden de protección de emergencia puede ser pedido por un policía basado en la creencia que un adulto se encuentra en peligro inminente de violencia doméstica, asalto, acecho, abuso sexual o para un menor, basado en la creencia que un menor de edad se encuentra en peligro inminente de una ofensa sexual ilegal o violencia doméstica (basado en una alegación de una incidente reciente o amenaza de un incidente de una ofensa sexual ilegal o violencia doméstica). Nota: En el caso de un menor de edad, la orden también puede ser pedida por el servicio social del departamento del condado, u otra “persona responsable.”7 Este tipo de orden dura por solamente algunos días y es emitida por un juez cuando la corte está cerrada o si usted solicita una orden de protección temporal pero la corte no puede tener una audiencia para esta el mismo día que la solicita.8

1 Colo. Rev. Stat. § 13-14-104.5(1)(b)
2 Colo. Rev. Stat. § 13-14-104.5(7)(a)
3 Colo. Rev. Stat. § 13-14-104.5(10)
4 Vea Colo. Rev. Stat. § 13-14-104.5(9)
5 Colo. Rev. Stat. § 13-14-106(1)(a),(b)
6 Colo. Rev. Stat. §13-14-105(1)(e)(I)
7 Colo. Rev. Stat. § 13-14-103(1)(c),(e)
8 Colo. Rev. Stat. § 13-14-103(1)(f)