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Información Legal: Florida

Órdenes de Restricción

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Actualizada: 
6 de octubre de 2023

Paso 5: La audiencia

Cuando esté solicitando una orden de restricción, usted tiene que probar que su agresor ha cometido un acto de violencia doméstica (de la manera que los define la ley) en contra de usted y/o sus hijos o que usted y sus hijos se encuentran en peligro inminente de violencia doméstica.

Usted debe asistir a la audiencia en la corte. Si es absolutamente imposible que usted asista, debe inmediatamente notificar las causas al ayudante de la corte, y averiguar como puede pedir un aplazamiento para una fecha más tarde.

En la audiencia a usted se le pedirá que testifique acerca del abuso y agresión al cual usted ha sido sujeta. Al atacante se le dará el espacio para que presente evidencia y testifique también. Vea la sección sobre Durante la Audiencia para ver las diferentes maneras de probarle al juez que usted fue abusada. Puede aprender más información sobre el sistema judicial en nuestra página Preparándose para la Corte - Por su Cuenta.

En el caso de que su agresor no se presente a la cita en la corte, el juez(a) podrá otorgarle una orden de restricción final en contra de su agresor, en su ausencia. Si la corte decide no otorgar la orden final una nueva fecha para otra audiencia será fijada. Si éste es el caso y el juez(a) no extiende la duración de su actual orden temporal, usted debe pedir al ayudante del juez(a) que por favor lo haga antes de salir de la sala de la corte.

1 Fla. Stat. § 741.30(6)(a)