Información Legal: Florida

Florida: Divorcio

Leyes actualizadas al
3 de marzo de 2022

Esta sección da información básica sobre divorcio en Florida. Encontrará más información sobre el divorcio, incluyendo los riesgos de sacar a sus hijos/as del estado mientras hay un divorcio pendiente, en nuestra página general de Divorcio. Para ver unos videos breves sobre el divorcio, en español con subtítulos en inglés, vaya a nuestra página de Videos. Por último, aprenda más sobre el proceso en la corte en nuestra página Preparándose para la Corte – Por su Cuenta.

¿Cuáles son los requisitos de residencia para presentar una demanda de divorcio en Florida?

Para presentar una demanda de divorcio en Florida, uno de los esposos tiene que vivir en el estado por seis meses antes de presentar la demanda.1

1 Fla. Stat. § 61.021

¿Cuáles son las causales (razones) de divorcio en Florida?

Para obtener un divorcio en Florida, hay que cumplir con una de las siguientes causales (razones) de divorcio:

1. El matrimonio está irreparablemente roto (no se podrá arreglar) o
2. Hace por lo menos 3 años que un/a juez/a declaró que una de las partes es incapacitada mentalmente.1

1 Fla. Stat. § 61.052

¿Puedo obtener manutención ex cónyuge? ¿Qué factores considerará un juez?

La manutención es un apoyo financiero pagado por o para su esposo/a y se puede otorgar cuando se otorga un divorcio.1  (Además, se puede otorgar una manutención ”pendente lite” durante un procedimiento de divorcio).2  Si pide una manutención, el/la juez/a decidirá si usted de verdad la necesita y si su esposo/a tiene la capacidad de pagarla.  El/la juez/a puede otorgar una manutención ex cónyuge por un período indefinido de tiempo o por un período limitado, como le explicamos en ¿Qué tipos de manutención ex cónyuge hay?3

Si el/la juez/a decide otorgarle a usted o a su esposo/a una manutención, el/la juez/a considerará ciertos factores para determinar una cantidad justa.  Estos factores incluyen pero no se limitan a:

  • el estilo de vida durante el matrimonio;
  • la duración del matrimonio;
  • la edad, condición física y condición emocional suya y de su esposo/a;
  • sus recursos financieros y los de su esposo/a, incluyendo la distribución de bienes y deudas matrimoniales y no matrimoniales;
  • los ingresos potenciales, niveles de educación, niveles de carrera y la capacidad de obtener trabajo suya y de su esposo;
  • si es aplicable, el tiempo necesario para usted o para su esposo/a para obtener la educación o capacitación necesaria para obtener empleo apropiado;
  • las contribuciones hechas por usted o por su esposo/a durante el matrimonio, incluyendo cuidar el hogar, cuidar a los hijos/as, la educación y el desarrollo de su carrera o la de su esposo/a;
  • las responsabilidades que usted o su esposo/a tienen en cuanto a los/las hijos/as del matrimonio;
  • los impuestos y las consecuencias para usted y para su esposo/a si se otorga una manutención ex cónyuge;
  • todas las fuentes de ingresos disponibles para usted y su esposo/a, incluyendo los ingresos disponibles a través de inversiones; y
  • cualquier otro factor necesario para que la situación entre usted y su esposo/a sea justa.3

Además, es posible que el/la juez/a ordene que el/la esposo/a que paga la manutención mantenga una póliza de seguro de vida o que asegure los bienes para proteger el pago continuo de la manutención.4

1 Fla. Stat. § 61.08(1)
2 Fla. Stat. § 61.071
3 Fla. Stat. § 61.08(2)
4 Fla. Stat. § 61.08(3)

¿Qué tipos de manutención ex cónyuge hay?

Florida tiene diferentes tipos de manutenciones.  Si el/la juez/a decide otorgar algún tipo de manutención en su caso, también tiene que decidir qué tipo es apropiada.

Manutención de Puente

Se puede otorgar la manutención de puente para ayudarle a hacer la transición de estar casado/a a estar soltero/a.  Este tipo de manutención es para ayudarle con necesidades específicas de corto plazo.  La duración de la manutención no puede ser de más de 2 años (aunque puede terminar antes si se casa de nuevo o si su esposo/a muere).  Ni la cantidad de la manutención ni la duración del tiempo que se paga puede ser modificada por el/la juez/a.1

Manutención Rehabilitativa
La manutención rehabilitativa es una que se otorga para ayudarle a obtener la capacidad de mantenerse a sí mismo/a al:

  • re-desarrollar sus destrezas o credenciales; u
  • obtener la educación, la capacitación o la experiencia laboral que necesita para desarrollar las destrezas o credenciales de trabajo. 

Sólo se otorga este tipo de manutención si hay un plan específico y definido de rehabilitación.  Se puede cambiar o terminar cuando haya un cambio significativo de las circunstancias, si no está siguiendo el plan rehabilitativo o si termina.2

Manutención Duracional
Se puede otorgar la manutención duracional cuando una manutención permanente no es apropiada.  El propósito de este tipo de manutención es darle asistencia financiera por un período específico de tiempo si su matrimonio se considera de corto plazo o de mediano plazo (hasta 17 años), o si su matrimonio fue de largo plazo (de 17 años o más) pero no necesita apoyo financiero permanente.  Este tipo de manutención termina cuando usted o su esposo/a muere o si usted se casa de nuevo. 3 

Nota: El/la juez/a puede cambiar la cantidad de la manutención o terminarla si hay un cambio significativo de las circunstancias.  Pero, no se puede cambiar la duración de la manutención excepto bajo circunstancias excepcionales y no puede ser por más tiempo que la duración del matrimonio.4

Manutención Permanente
Un/a juez/a puede otorgar la manutención permanente para mantener sus necesidades y el estilo de vida como fueron establecidas durante su matrimonio, si a usted le falta la capacidad financiera de cumplir sus propias necesidades.  El/la juez/e tiene que creer que ninguno de los otros tipos de manutención (explicadas antes) es justo y razonable según las circunstancias.  Se puede otorgar este tipo de manutención:

  • cuando su matrimonio fue de largo plazo (de 17 años o más);
  • si su matrimonio fue de mediano plazo (entre los 7 y los 17 años) y tal manutención es apropiada a causa de evidencia clara y convincente;
  • si su matrimonio fue de corto plazo (menos de 7 años) pero hay circunstancias excepcionales.

La manutención permanente termina cuando usted o su esposo/a muere o cuando usted se casa de nuevo. 

Nota: Un/a juez/a puede cambiar o terminar la manutención si hay un cambio significativo de las circunstancias o si la persona que la recibe entra en una “relación que apoya” con otra persona, por ejemplo, vive con un/a novio/a.5  Para leer la definición legal de una relación que apoya vaya a nuestra página de FL Estatutos.

1 Fla. Stat. § 61.08(5)
2 Fla. Stat. § 61.08(6)
3 Fla. Stat. § 61.08(4),(7)
4 Fla. Stat. § 61.08(7)
5 Fla. Stat. §§ 61.08(4),(8); 61.14(a),(b)

¿Cuáles son los pasos básicos para obtener un divorcio?

Aunque las leyes de divorcio cambian por estado, le proporcionamos los pasos básicos para obtener un divorcio:

  • Primero, es necesario que cumpla con los requisitos de residencia del estado.
  • Segundo, tiene que tener “bases” (una razón legalmente válida) para ponerle fin a su matrimonio.
  • Tercero, debe llenar la petición de divorcio y enviarle copias de los papeles a su esposo/a.
  • Cuarto, si su esposo/a no esta de acuerdo con cualquiera de lo mencionado en los papeles de divorcio, este tendrá la oportunidad de llenar su propia petición y tener así la oportunidad de presentar los papeles desde su punto de vista. Esto es a lo que se le refiere como un “divorcio disputado.” Si él/ella lo disputa, entonces usted tendrá que presentarse en la corte una serie de veces para resolver las objeciones. Si su esposo/a no tiene ninguna objeción, entonces debería firmar los papeles y enviárselos de vuelta a usted. Si su esposo/a esta de acuerdo con todo y firma los papales sin objetar, obtendrá lo que se le conoce como un, “divorcio no disputado”. Además, si después de un tiempo su esposo/a no ha firmado ningún papel o solicitado nada con respecto al divorcio, puede que usted pueda proseguir con el proceso de divorcio como un divorcio no disputado. (Hable con un abogado en su estado sobre cuánto tiempo tiene que esperar para ver si su esposo firmo antes de proceder con su divorcio)
  • Quinto, de existir alguna propiedad que debe ser dividida o si llegase a necesitar apoyo económico de su esposo/a tendrá entonces que arreglar estos detalles ya sea mediante un acuerdo fuera de la corte o bien con una serie de audiencias en la corte. La custodia puede ser determinada como parte de su divorcio.

¿Dónde puedo encontrar información adicional sobre divorcio?

Usted encontrará más información sobre divorcio aquí:

Florida State Courts Self-Help (Cortes Estatales de Florida Auto-Ayuda) tiene enlaces a formularios judiciales e información de como llenarlos (en inglés).

Florida Bar Association (Asociación del Abogacía de Florida) tiene mucha información sobre divorcio, incluyendo manutención conyugal y la división de la propiedad (en inglés).

WomensLaw.org no tiene ningún vínculo con estas organizaciones y no promueve el uso de estos servicios. Nosotros proporcionamos este tipo de información para su conocimiento.

En nuestra página general de Divorcio, encontrará más información sobre este proceso, incluyendo los riesgos de llevarse a los/as menores fuera del estado mientras el divorcio está en proceso. Para ver vídeos cortos en español sobre el Divorcio, puede ir a nuestra página de vídeos. Finalmente, para aprender más sobre el proceso en la corte, puede ir a nuestra página de Preparándose para la Corte - Por su Cuenta.

WomensLaw sirve y apoya a todas las personas sobrevivientes sin importar su sexo o género.