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Información Legal: Massachusetts

Órdenes de Restricción

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Actualizada: 
14 de diciembre de 2023

¿Soy elegible para recibir una orden de prevención de maltrato?

Usted podrá ser elegible para recibir una orden de prevención de maltrato si un acto de maltrato (según lo define la ley) fue cometido por alguno de los siguientes miembros de la familia o del grupo familiar:

  • su esposo/a o ex esposo/a;
  • alguien con quien usted vive en la actualidad o vivió anteriormente;
  • alguien relacionado con usted por sangre o matrimonio;
  • alguien con quien usted tiene un/a hijo/a en común; o
  • alguien con quien usted tiene o ha tenido “una relación amorosa considerable”.1

Para determinar si su relación amorosa es o no “considerable”, el/la juez/a considerará los siguientes factores:

  • la duración de su relación;
  • la naturaleza de su relación;
  • con qué frecuencia interactuaban uno/a con el/la otro/a; y
  • cuánto tiempo hace que se terminó la relación si ya no se ven.1

Nota: si usted no es elegible para obtener una orden de prevención por maltrato, es posible que califique para obtener una orden de prevención por acoso. Para obtener más información, consulte nuestra sección Orden de Prevención por Acoso.

1 M.G.L.A. 209A § 1