WomensLaw sirve y apoya a todas las personas sobrevivientes sin importar su sexo o género.

Información Legal: Massachusetts

Órdenes de Restricción

Ver Todo
Leyes actualizadas al 14 de diciembre de 2023

¿Cuál es la definición legal de maltrato en Massachusetts?

Esta sección define el maltrato para propósitos de obtener una orden de prevención de maltrato. El “maltrato” se define como cualquiera de los siguientes actos entre familiares o miembros del hogar:

  • intentar causarle daño físico;
  • causarle daño físico;
  • causar que tenga miedo de sufrir daño físico grave e inmediato;
  • obligarle a tener relaciones sexuales en contra de su voluntad mediante el uso de la fuerza, amenaza o coacción; o
  • control coercitivo, que se define como cualquiera de las siguientes:
  1. una sola acción con la intención de amenazarle, intimidarle, acosarle, aislarle, controlarle, coaccionarle o forzarle a hacer algo, que le cause miedo de sufrir daño físico, que le haga sentir que físicamente no está seguro/a o reduzca su autonomía. La acción puede ser cualquiera de las siguientes:
    • hacerle o intentar hacerle daño a su hijo/a o familiar; 
    • maltratar o intentar maltratar a un animal relacionado a usted; o
    • publicar o intentar publicar imágenes de usted sexualmente explícitas; o
  2. un patrón de comportamiento con la intención de amenazarle, intimidarle, acosarle, aislarle, controlarle, coaccionarle o forzarle a hacer algo, que le cause miedo de sufrir daño físico, que le haga sentir que físicamente no está seguro/a o reduzca su autonomía. Algunos ejemplos de estos comportamientos incluyen, pero no están limitados a:
    • aislarle de amistades, familiares o de otras fuentes de apoyo;
    • privarle de necesidades básicas;
    • controlar, regular o monitorear sus actividades, comunicaciones, movimientos, finanzas, recursos económicos o acceso a servicios a través de la tecnología u otros medios;
    • forzarle a hacer algo, incluyendo participar en actividad criminal, o forzarle a no hacer algo que quiere hacer;
    • amenazar con hacerle daño a su hijo/a o familiar;
    • amenazar con cometer crueldad o maltrato contra un animal relacionado a usted;
    • dañar su propiedad intencionalmente;
    • amenazar con publicar información personal sensitiva de usted, incluyendo imágenes sexualmente explícitas; o
    • presentar acciones judiciales repetidas en su contra, que un/a juez/a haya determinado que no están respaldadas por la ley o que son de mala fe.1

Nota: Si usted no califica para una orden de prevención de maltrato, es posible que califique para una orden de prevención de acoso. Para más información, consulte nuestra sección Órdenes de prevención de acoso. 1 

M.G.L.A 209A § 1