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Información Legal: Massachusetts

Órdenes de Restricción

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Actualizada: 
14 de diciembre de 2023

¿Qué tipos de órdenes de prevención por maltrato existen? ¿Cuánto tiempo duran?

Existen tres tipos de órdenes.

Órdenes de protección de emergencia: La policía podrá ayudarlo/a a obtener una orden de protección de emergencia, que es emitida por un/a juez/a por teléfono, a través de lo que se conoce como “Sistema de respuesta en emergencias judiciales”, si usted no puede comparecer ante la corte o solicitar una orden porque:

  • la corte esté cerrada o
  • debido a una condición física, ya que implicaría una “dificultad grave” para usted llegar hasta la corte.1

Para dar la orden, el/la juez/a debe considerar que existe una posibilidad sustancial de peligro de maltrato. Una vez que el/la juez/a autoriza la orden por teléfono a la policía, la policía la escribirá en un formulario suministrado por la corte y la enviará el siguiente día laboral a el/la secretario/a de la corte que corresponda. Usted deberá comparecer ante la corte en el siguiente día laboral para presentar su denuncia (petición) para obtener una orden. Si sus condiciones físicas graves le impiden comparecer ante la corte, puede enviar a alguien en su nombre para presentar la denuncia, y esa persona tendrá que presentar una declaración jurada que explique las circunstancias por las que usted no puede ir personalmente a la corte.1 Puede leer más acerca de este procedimiento en las Instrucciones del Paquete de Prevención de Maltrato Después del Horario Laboral, disponible en el sitio web del Sistema Judicial de Massachusetts.

Órdenes temporales (ex parte): Cuando usted se presenta en una corte para solicitar una orden de prevención de maltrato, puede pedir una orden temporal ex parte. Una orden temporal ex parte puede otorgarse inmediatamente, sin necesidad de una audiencia ante el/la juez/a y sin necesidad de notificarle antes a el/la agresor/a, si el/la juez/a considera que existe una posibilidad grande de peligro inmediato de maltrato. La orden será válida hasta la audiencia, que tendrá lugar dentro de los diez días laborales después.2

Órdenes a largo plazo: Se puede dar una orden de prevención de maltrato a largo plazo después que el/la agresor/a recibe la notificación y tiene la oportunidad de presentarse frente a el/la juez/ en una audiencia en la que usted y el/la agresor/a tendrán cada uno la posibilidad de presentar evidencia a el/la juez/a. Si usted puede probar que fue maltratado/a, el/la juez/a podrá emitir una orden para usted de hasta un año. La orden establecerá la hora y la fecha en que la orden expirará, como así también la fecha y la hora en las que usted puede comparecer ante la corte para pedir una extensión de la orden. Cuando la orden se vence o expira durante un fin de semana, un feriado o una fecha en que la corte no trabaje, la orden no expirará hasta el próximo día en que la corte esté abierta. Luego, la orden puede extenderse permanentemente.4 Para obtener más información sobre cómo extender una orden, consulte ¿Cómo cambio o extiendo mi orden de prevención por maltrato?

1 M.G.L.A. 209A § 5; vea también M.G.L.A. 211B § 9(vi)
2 M.G.L.A. 209A § 4
3 M.G.L.A. 209A § 3
4 M.G.L.A. 209A § 3(i)