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Información Legal: Massachusetts

Órdenes de Restricción

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Actualizada: 
14 de diciembre de 2023

¿Soy elegible para recibir una orden de prevención de maltrato?

Usted podrá ser elegible para recibir una orden de prevención de maltrato si un acto de maltrato (según lo define la ley) fue cometido por alguno de los siguientes miembros de la familia o del grupo familiar:

  • su esposo/a o ex esposo/a;
  • alguien con quien usted vive en la actualidad o vivió anteriormente;
  • alguien relacionado con usted por sangre o matrimonio;
  • alguien con quien usted tiene un/a hijo/a en común; o
  • alguien con quien usted tiene o ha tenido “una relación amorosa considerable”.1

Para determinar si su relación amorosa es o no “considerable”, el/la juez/a considerará los siguientes factores:

  • la duración de su relación;
  • la naturaleza de su relación;
  • con qué frecuencia interactuaban uno/a con el/la otro/a; y
  • cuánto tiempo hace que se terminó la relación si ya no se ven.1

Nota: si usted no es elegible para obtener una orden de prevención por maltrato, es posible que califique para obtener una orden de prevención por acoso. Para obtener más información, consulte nuestra sección Orden de Prevención por Acoso.

1 M.G.L.A. 209A § 1

¿Puede un menor solicitar una orden de prevención de maltrato?

Para que un/a menor reciba una orden de prevención de maltrato, un/a adulto/a debe presentar la denuncia a nombre de el/la menor. La sección del formulario de denuncia que menciona a los/las menores, específicamente establece “Soy menor de 18 años, y_____, mi______(relación con el/la demandante) ha presentado esta denuncia en mi nombre”.

Si quiere saber de qué manera los/las jueces/zas de su estado resuelven la situación de un/a menor que se presenta ante una corte sin un/a adulto/a, puede comunicarse con su organización local de violencia doméstica o la organización de servicios legales. Consulte nuestra página MA Lugares que Ayudan para obtener referidos.

¿Puedo obtener una orden de prevención de maltrato contra un menor?

El artículo de la ley que enumera las protecciones que se pueden obtener en una orden de prevención de maltrato, tales como solicitar que el/la agresor/a no se comunique con usted o le agreda, establece claramente que pueden solicitarse las mismas condiciones “si el/la acusado/a es un/a adulto/a o un/a menor”.1

1 Vea M.G.L.A. § 3

¿Puedo obtener una orden de prevención por maltrato contra una pareja del mismo sexo?

En Massachusetts, usted puede solicitar una orden de protección contra una pareja actual o anterior del mismo sexo, siempre que la relación cumpla con los requisitos enumerados en ¿Soy elegible para recibir una orden de prevención de maltrato? Usted también debe ser víctima de un acto de maltrato, que se explica en ¿Cuál es la definición legal de maltrato en Massachusetts?

En la página de Víctimas LGBTQIA, puede encontrar información sobre el maltrato a víctimas de la comunidad LGBTQIA y los tipos de barreras que pueden enfrentar.

¿Cuánto cuesta obtener una orden de prevención por maltrato? ¿Necesito un abogado?

No se cobra un arancel por solicitar una orden de prevención de maltrato. Además, no se le puede cobrar por:

  • las copias certificadas de la orden;
  • cualquier copia del expediente que usted pueda necesitar para futuras acciones judiciales o como consecuencia de la pérdida o destrucción de sus copias.1

Usted no necesita un/a abogado/a para solicitar una orden de protección, pero usualmente es útil contar con uno/a, especialmente si el/la agresor/a tiene un/a abogado/a. Aun cuando el/la agresor/a no tenga uno/a, se le recomienda ponerse en contacto con un/a abogado/a con experiencia en órdenes de prevención de maltrato, para asegurarse de que sus derechos legales estén protegidos. Consulte nuestra página MA Lugares que Ayudan para referidos legales y para información de contacto de agencias de violencia doméstica en su área que podrían ayudarle a llenar todos los formularios necesarios de la corte.

Si va a estar en la corte sin abogado/a, nuestra página Preparándose para la Corte - Por su Cuenta puede ser útil para usted.

1 M.G.L.A. 209A § 3