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Información Legal: Distrito de Columbia

Órdenes de Restricción

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Actualizada: 
30 de octubre de 2023

Paso 3: Un juez considerará su petición.

Usted o el/la consejero/a de entrada llevará sus formularios a la oficina de el/la secretario/a, donde el personal del tribunal abrirá un archivo para usted. Luego, el personal del tribunal le indicará dónde está la sala de justicia, donde un/a juez/a leerá su petición y decidirá si hay bastante peligro inmediato para darle una orden temporal. Se hacen las audiencias para órdenes de protección temporales en el Anacostia Professional Building por videoconferencia con el/la juez/a donde usted se sentará delante de una cámara y verá a el/la juez/a en una pantalla de televisor. En cualquier caso, es posible que el/la juez/a le haga algunas preguntas, o que decida basado sólo en lo que está escrito en su petición. Si el/la juez/a le otorga la orden de protección temporal, usted recibirá una copia. El/la juez/a también fijará una fecha para la audiencia para su orden de protección final dentro de 14 días. Aun si no le dan la orden de protección temporera, el/la juez/a puede fijar una fecha para una audiencia en los próximos 14 días.