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Información Legal: Distrito de Columbia

Órdenes de Restricción

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Actualizada: 
5 de abril de 2024

¿Qué puedo hacer si el acechador viola la orden contra el acecho?

Cuando usted tiene una orden contra el acecho (ASO), generalmente usted es la persona que reportará cualquier violación a la orden. Si el/la acechador/a viola la orden, usted puede llamar a la policía y reportar la violación. Violar una ASO temporal o final se conoce como “desacato criminal” y también es un delito menor, que puede castigarse con una multa de hasta $1,000, un máximo de 180 días de cárcel o ambas.1 También, si el/la acechador/a cometió otro crimen adicional mientras violaba la orden, como pegarle, él/ella también puede ser acusado/a y castigado/a aparte por ese otro crimen.

Otra opción es presentar una petición de violación por desacato en la corte. Usted puede regresar donde el/la Secretario/a de Violencia Doméstica para presentar una Moción para Adjudicar Desacato Criminal, en la cual pida:

  • a la corte que haga que el/la acechador/a cumpla la orden imponiéndole una multa o tiempo de cárcel; o,
  • que la Oficina de el/la Fiscal General presente cargos contra el/la acechador/a.1

1 D.C. Code § 16-1064(g), (h)