¿Qué protecciones puedo conseguir en una orden contra el acecho?
Usted puede conseguir las mismas protecciones en una orden temporal y final contra el acecho (ASO, por sus siglas en inglés). Un/a juez/a puede ordenar cualquiera de las siguientes:
- que el/la demandado/a no cometa o amenace con cometer cualquier crimen en contra suya o de cualquier otra persona mencionada en la orden;
- que el/la demandado/a se mantenga alejado/a de y/o no tenga contacto con usted, o con cualquier otra persona o lugares mencionados en la orden;
- que el/la demandado/a devuelva o pare de usar las propiedades que posean juntos/as o usted posea individualmente;
- que el/la demandado/a pague los gastos y honorarios de abogado/a suyos;
- que el departamento de la policía tome las acciones necesarias para hacer cumplir cualquier cosa ordenada en la ASO;
- que el/la demandado/a se mantenga alejado/a de y no le haga daño a cualquier animal que usted tenga;
- que el/la demandado/a tenga que hacer, o no hacer, cualquier otra acción que sea necesaria para su seguridad; y,
- que el/la demandado/a no pueda poseer armas de fuego o munición y que tenga que entregar cualquier arma de fuego o munición a la policía.1
1 D.C. Code § 16-1064(c)