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Información Legal: California

Custodia

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Leyes actualizadas al 1 de abril de 2025

¿Qué es la custodia?

Cuando la corte da una orden de custodia, considerará estas dos partes de la custodia:

Custodia física es el cuidado físico y la supervisión de un/a hijo/a de menos de 18 años de edad. En otras palabras, con quién vivirá el hijo diariamente.

Custodia legal es el derecho a tomar las decisiones importantes de su hijo/a, como la escuela a la que asistirá, el tipo de cuidados de salud que recibirá o la formación religiosa que tendrá.1

1 Vea Código Cal.Fam. §§ 3002-3007

¿Qué es la custodia exclusiva?

La custodia exclusiva significa que usted no comparte la custodia con nadie más. Cuando cada padre quiere la custodia exclusiva, uno de los factores que el juez considerará, será el padre con mayor disposición para permitir el contacto frecuente y continuo del niño con el padre no custodio.1

Custodia exclusiva legal es cuando únicamente uno de los padres tiene el derecho y responsabilidad de tomar decisiones importantes con relación a su hijo como de salud, educación y bienestar del niño.2 Usted no tiene que tratar con el otro padre estas decisiones.

Custodia física exclusiva es cuando únicamente uno de los padres es el responsable de los cuidados físicos y de la supervisión de su hijo.3 El padre o la madre que no tenga la custodia, normalmente disfrutará del derecho de visitación.

1 Vea Código Ann.Cal.Fam. § 3040(a)(1)
2 Vea Código Ann.Cal.Fam. § 3006
3 Vea Código Ann.Cal.Fam. § 3007

¿Qué es la custodia compartida?

Custodia compartida significa compartir la custodia con el otro padre. En California, no hay una preferencia por la custodia compartida como la hay en otros estados.1

Custodia legal compartida es cuando ambos padres tienen los mismos derechos y responsabilidades sobre las decisiones importantes con respecto a su hijo.2 Estas decisiones incluyen la educación, formación religiosa, terapia, cuidados de la salud, actividades extracurriculares, así como el lugar en donde el hijo debe vivir. La corte puede designar únicamente a uno de los padres para que tenga custodia exclusiva para tomar ciertas decisiones, y puede otorgar a ambos padres los mismos derechos y responsabilidades respecto a otras decisiones.

Custodia física compartida es cuando se comparte la custodia de manera que tanto el padre, como la madre tengan contacto frecuente y sustancial con su hijo.3 No significa necesariamente que el hijo pase la mitad del tiempo con cada uno de ellos. El hijo pasa periodos de tiempo con cada uno de ellos, quienes comparten el derecho y la responsabilidad de criar a su hijo en sus casas. Tanto el padre como la madre disfrutan más que de simples privilegios de visitación.

1 Ann.Cal.Fam.Code § 3040(e)
2 Ann.Cal.Fam.Code § 3003
3 Ann.Cal.Fam.Code § 3004

¿Cuáles son algunas ventajas y desventajas de obtener una orden de custodia?

Hay muchas razones por las cuales la gente decide no solicitar la custodia. Algunas personas no buscan una orden de custodia porque no quieren involucrar a la corte. Algunos padres llegan a acuerdos informales que funcionan en su caso particular. Otros piensan que comenzar un caso de custodia provocaría a el/la otro/a padre/madre y es posible que teman que el/la otro/a padre/madre luche para tener más derechos de custodia o visitación de los que le harían sentir cómodo/a.

Aunque el/la otro/a padre/madre no se involucre con el/la menor actualmente, es posible que se involucre una vez se presente el caso en la corte. Además, si el/la otro/a padre/madre lucha por la custodia, el caso podría extenderse por largo tiempo y esto puede ser emocional y económicamente agotador. Cuando vaya a la corte a pedir la custodia, el/la juez/a se fijará en muchos aspectos de su vida personal. Por ejemplo, se puede fijar en su salud mental, expediente criminal, problemas de abuso de sustancias y sus relaciones. Puede que quiera mantener estos asuntos privados.

Por otra parte, obtener una orden de custodia de la corte puede determinar los derechos legales de cada uno de los padres, lo cual puede ser un beneficio. Una orden de custodia puede darle los derechos legales para tomar las decisiones de su hijo/a y para que su hijo/a viva con usted. Sin una orden, ambos padres pueden compartir estos derechos legales, aun si uno de los padres cuida diariamente de el/la menor. Sin embargo, si usted solicita la custodia, es posible que el/la otro/a padre/madre también pida estos derechos. Si usted y el/la otro/a padre/madre no están de acuerdo, el/la juez/a decidirá cuál es el mejor acuerdo de custodia para el/la menor.

Le recomendamos enfáticamente que hable con un/a abogado/a local. Un/a abogado/a puede ayudarle a decidir si solicitar la custodia es lo mejor para usted según su situación particular. Puede encontrar ayuda legal visitando nuestra página Encontrando a un abogado en California.

¿Debo comenzar un caso judicial para pedir visitas supervisadas?

Si le preocupa dejar su hijo/a solo/a con la persona agresora, puede que quiera pedirle a el/la juez/a que ordene visitas supervisadas. La visitas supervisadas podrían ser tan permisivas como tener a una persona presente durante las visitas para “estar pendiente” de las cosas, o tan estrictas como asignar a una persona profesional para que observe y presente un informe de cómo fue la interacción entre el/la menor y el/la otro/a padre/madre. Si ya usted tiene un caso en la corte porque la persona agresora solicitó visitación o custodia, puede ser conveniente pedir visitas supervisadas si tiene una buena razón para hacerlo. Eso dependerá de su situación.

Sin embargo, si no hay un caso actualmente, es buena idea hablar con un/a abogado antes de comenzar un caso para pedir visitas supervisadas. Un/a abogado/a de custodia en su área puede explicarle lo que necesita probar para que le den visitas supervisadas y un tiempo de duración según lo que esté pasando en su caso.

Usualmente, las visitas supervisadas solo se ordenan a corto plazo, pero eso puede variar dependiendo del lugar donde usted viva y el/la juez/a que atienda su caso. El/la juez/a puede ordenar que un/a profesional supervise las visitas, o un familiar o alguna persona que conozca a cualquiera de los padres puede ofrecer voluntariamente a ser la persona supervisora. Si la persona supervisora no encuentra problemas graves que deba informarle a el/la juez/a, es posible que las visitas continúen sin supervisión. Al final de un caso, puede que el/la otro/a padre/madre tenga visitas más largas y frecuentes de las que tenía antes de ir a corte o incluso algún tipo de custodia.

Si su hijo/a está en riesgo inmediato de la persona agresora, es posible que usted necesite comenzar un caso para pedir la custodia y visitas supervisadas para proteger a su hijo/a. Para averiguar lo que sería mejor en su situación, puede buscar consejo legal usando nuestra página Encontrando a un abogado en California.