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Información Legal: Utah

Órdenes de Restricción

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Actualizada: 
19 de julio de 2023

Paso 3: Un juez revisará su aplicación

Después que termine de llenar su aplicación, entréguela a el/la secretario/a de la corte. El/la secretario/a la entregará a un/a juez/a. Es posible que el/la juez/a le haga preguntas mientras revisa su petición. El/la juez/a decidirá si dar la orden ex parte o no.

Si el/la juez/a le da una orden ex parte, el/la secretario/a de la corte le dará una copia de la orden. Verifique la orden antes de salir de la corte para asegurarse que la información está correcta. Si algo está mal o falta algo, pídale a el/la secretario/a que arregle la orden antes de irse. Asegúrese de tener la orden con usted en todo momento. Debe tener copias en su carro, trabajo o el cuido de su hijo/a.

Si está buscando una orden de protección final, el/la juez/a programará una fecha para una audiencia dentro de 21 días.1 Se le entregarán documentos con la hora y la fecha de su audiencia para la orden de protección final.

1 UT ST § 78B-7-604(1)(a)