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Información Legal: Utah

Órdenes de Restricción

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Actualizada: 
19 de julio de 2023

¿Necesito algo especial para que mi orden de protección se haga cumplir en otro estado?

En algunos estados, necesitará una copia certificada de su orden de protección. Una orden certificada está firmada e iniciada por el/la secretario/a de la corte que le dio la orden, y generalmente tiene algún tipo de sello de la corte. En Utah, una orden certificada tiene la firma de un/a oficial de la corte, la fecha y el sello del estado.

La copia que usted recibió originalmente probablemente era una copia certificada. Si su copia no es una copia certificada, llame o vaya a la corte que le dio la orden y pida una orden certificada en la oficina de el/la secretario/a. Generalmente no hay un costo por recibir una copia certificada de una orden de protección en Utah.1

Nota: Puede ser buena idea mantener una copia de la orden con usted en todo momento. También querrá tener varias copias de la orden con usted cuando se mude, para dejar copias de la orden en su trabajo, casa, la escuela o cuido de los/as hijos/as, en su carro, con un/a vecino/a de confianza, etc. Es posible que quiera darle una copia a el/la guardia de seguridad o la persona que esté en la recepción del lugar donde usted vive y/o trabaja, y a cualquier persona que esté mencionada en y protegida por la orden.

1 UT ST § 78B-7-105(4)(c)