¿Qué puedo hacer si el agresor viola la orden?
Un/a agresor/a puede violar la orden de protección cuando desobedece una de las restricciones que se encuentran en la orden.
Si usted cree que la persona agresora ha violado la orden de protección, usted puede llamar inmediatamente al 911. La policía puede arrestar a la persona agresora por violar la orden. Bajo la ley de Texas, un/a oficial de la policía tiene que arrestar a el/la agresor/a si ese/a oficial es testigo de la violación de la orden de protección, y puede arrestar a el/la agresor/a si la orden es violada fuera de la presencia de un/a oficial de la policía.1Cuando la policía llegue, generalmente es buena idea escribir el nombre de los/as oficiales que respondieron y su número de placa en caso de que usted quiera darle seguimiento al caso. Asegúrese que el reporte de la policía sea llenado, aun si no se hace ningún arresto. Si tiene documentos legales de todas las violaciones de la orden, esto puede ayudar a que la orden sea extendida o modificada en el futuro.
La violación de una orden de protección puede ser un delito menor de clase A, un delito grave en la cárcel estatal o un delito grave en el tercer grado, dependiendo de varios factores.2 Además, tanto las órdenes temporales ex parte como las permanentes, dicen que una violación de la orden puede ser considerada “desacato al tribunal” con un castigo de hasta $500, una sentencia en la cárcel hasta por seis meses, o ambas. Las órdenes también dicen que si una persona comete un “acto” que está prohibido en la orden, puede recibir una multa de hasta $4,000, una sentencia en la cárcel hasta por un año, o ambas. Si el “acto” que se cometió resulta en violencia familiar, se le puede procesar separadamente por ese crimen. Si comete un delito grave, se le puede encarcelar por los menos por dos años.3
Para obtener más información sobre el desacato, incluyendo la diferencia entre el desacato penal y el civil, vaya a nuestra página general de Órdenes de Restricción contra la Violencia Doméstica.
1 Tex. C.C.P. Art. 14.03(a)(3), (b)
2 Tex. Penal Code § 25.07(g)
3 Tex. Fam. Code § 85.026