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Información Legal: Texas

Órdenes de Restricción

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Actualizada: 
28 de julio de 2023

Paso 1: Vaya a la oficia del fiscal o la corte para solicitar la orden.

Usted puede solicitar una petición en el condado en el que vive, en el condado en que vive el/la agresor/a, o en cualquier condado donde ocurrió el abuso.1 Sin embargo, si usted tiene un caso de divorcio pendiente o un asunto pendiente que afecta la relación entre padre/madre e hijo/a, usted debe presentar una orden de protección en:

  • el tribunal en el que ese caso está en trámite; o
  • en el tribunal en el condado en el que reside (y entonces, usted debe notificar a el/la secretario/a del caso pendiente).2

En muchos condados, el/la abogado/a del condado o del distrito le ayudará a solicitar una orden de protección y le representará en la corte. Si el/la fiscal no presenta una orden de protección en su nombre, puede solicitar una usted mismo/a, utilizando el kit pro se de órdenes de protección en línea. Aunque estas formas son legalmente válidas en todas las cortes, algunos condados prefieren sus propios formularios. De todas formas, si es posible, puede que quiera contactar a el/la defensor/a legal (legal advocate) del programa local de violencia de familia, para conseguir información sobre cuándo y cómo presentar una solicitud en su condado ya que el proceso puede ser diferente en cada uno. Un/a defensor/a legal puede explicarle el proceso en su condado y puede que también pueda asistirle en completar los formularios del kit. Nota: Si acude a un/a defensor/a para obtener ayuda, las conversaciones que tenga con el/la defensor/a serán confidenciales/privilegiadas y el/la defensor/a no podrá revelar lo que le dice a menos que aplique una excepción.3

Para encontrar una corte en su área o la oficina de el/la abogado/a de distrito, vaya a TX Tribunales.

Tome en cuenta que los pasos que aparecen a continuación, pueden variar de condado a condado. Estas instrucciones son mencionadas como guías generales y no reflejan los procedimientos específicos del condado. Como se mencionó anteriormente, si es posible, quizás quiera considerar ir primero a una organización local de violencia doméstica o a la oficina de el/la fiscal para averiguar cómo obtener una orden de protección en su condado.

1 Tex. Fam. Code § 82.003
2 Tex. Fam. Code § 85.062(a),(b)
3 Tex. Fam. Code §§ 93.002; 93.003; 93.004