¿Qué puedo hacer si el agresor viola la orden?
Violar una orden de protección puede ir en contra de la ley. Hay dos formas de conseguir ayuda si el/la agresor/a viola la orden de protección.
A través de la policía o el/la sheriff (sistema criminal)
Si el/la agresor/a viola la orden de protección, usted puede llamar al 911 inmediatamente. Dígale a los/as oficiales que usted tiene una orden de protección y que el/la demandado/a la está violando. Si el/la demandado/a es arrestado/a, entonces el/la fiscal de distrito puede acusar a el/la agresor/a porque violar una orden de protección puede ser un delito menor Clase A. Si le encuentran culpable de una violación a una orden de protección, el/la demandado/a puede ser castigado/a con tiempo de cárcel, una multa u otra penalidad.1
A través del sistema de la corte civil
Usted puede presentar una moción o petición de desacato civil por una violación a la orden en la misma corte que dio la orden. El/la agresor/a puede estar en “desacato civil” si él/ella hace cualquier cosa que vaya en contra de lo que la orden de protección ordena que él/ella no puede hacer. Para presentar un desacato civil, vaya a la oficina de el/la secretario/a de la corte para pedir los formularios necesarios para solicitar un desacato civil.2
Nota: Si se encuentra que el/la demandado/a violó la orden, la corte puede extender la orden de protección hasta un máximo de cinco años. Después de una segunda, tercera, cuarta u otra violación a la orden, la corte puede extender la orden de protección hasta un máximo de diez años.3
Para obtener más información sobre el desacato, incluyendo la diferencia entre el desacato penal y el desacato civil, vaya a nuestra página general de Órdenes de Restricción contra la Violencia Doméstica.
1 TN ST §§ 36-3-610(a), (b)(2); 39-13-113(f), (g)
2 TN ST § 36-3-610(a)
3 TN ST § 36-3-605(d)