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Información Legal: Carolina del Norte

Órdenes de Restricción

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Actualizada: 
22 de diciembre de 2023

Paso 2: Puede pedir una orden de protección ex parte/temporera.

Si necesita protección de emergencia, puede marcar el encasillado en la demanda que solicita una orden ex parte. Una orden ex parte es una orden temporal de emergencia que el juez puede otorgarle si usted o sus niños están en peligro inmediato. El agresor no estará presente ni sabrá que usted está solicitando una orden ex parte. 

Si un/a juez/a cree que usted o sus niños están en peligro inminente, él o ella le otorgará una orden ex parte, la cual durará diez días, antes de la audiencia completa en la corte. Si usted está en la corte después de horas de oficina, algunos magistrados/as pueden darle una orden ex parte, la cual es válida hasta la terminación del siguiente día laboral.1 Usted debe regresar a la corte para ver a un/a juez/a que le otorgue una orden ex parte. Independientemente de que el/la juez/a o magistrado/a le otorgue una orden ex parte, se le dará una fecha para la audiencia dentro de diez días. Esta audiencia será en presencia de un/a juez/a a la hora que aparece en la citación. En esta audiencia tanto el/la agresor/a como usted tendrán la oportunidad de contar su versión de la historia ante el/la juez/a.

1 NCGS § 50B-2(c1)