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Información Legal: Virginia

Órdenes de Protección

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Actualizada: 
19 de diciembre de 2023

¿Qué es una orden por riesgo sustancial?

Una orden por riesgo sustancial es una orden civil de la corte que le prohíbe a una persona (conocida como el/la demandado/a) comprar, poseer o transportar un arma de fuego mientras la orden esté vigente.1

1 VA Code § 19.2-152.14(A)

¿Quién puede solicitar una orden por riesgo sustancial?

Una agencia de la policía o un/a abogado/a del estado puede solicitar una orden de protección por riesgo sustancial si el/la demandado/a representa un riesgo significativo de causar daño personal a sí mismo/a o a otra persona al tener o conseguir un arma de fuego .1

Si usted es una persona que le preocupa la seguridad de otra persona pero no puede solicitar que le quiten las armas de fuego, es posible que pueda hablar con un/a oficial o agencia de la policía para dejarle saber su preocupación y pedir que soliciten una orden de protección por riesgo sustancial para que le quiten las armas de fuego.

1 VA Code § 19.2-152.13(A)

¿Qué tipos de órdenes hay? ¿Cuánto tiempo duran?

Hay dos tipos de órdenes por riesgo sustancial: de emergencia y final.

Órdenes de emergencia por riesgo sustancial – Un/a juez/a o magistrado puede dar una orden de emergencia por riesgo sustancial si encuentra que el/la demandado/a representa un riesgo significativo de causarse daño a sí mismo/a o a otra persona al tener o conseguir un arma de fuego. Las órdenes de emergencia por riesgo sustancial se dan ex parte, lo que significa que el/la demandado/a no tiene que ser notificado/a del caso o presentarse a la audiencia. La orden de emergencia dura hasta la audiencia para la orden final, que debe programarse dentro de 14 días.1

Órdenes finales por riesgo sustancial – Una orden final por riesgo sustancial puede darse después que el/la demandado/a haya recibido la notificación y tenido la oportunidad de participar de una audiencia. Una orden final por riesgo sustancial se puede dar hasta 180 días.2

1 VA Code §§ 19.2-152.13(A), 19.2-152.14(A)
2 VA Code § 19.2-152.14(A), (C)

¿Qué protecciones puedo conseguir en una orden por riesgo sustancial?

En una orden de emergencia por riesgo sustancial, el/la juez/a puede ordenar que el/la demandado/a no haga ninguna de las siguientes cosas relacionadas a un arma de fuego:

  • comprarla;
  • poseerla; o
  • transportarla.1

La orden también dirá que el/la demandado/a debe entregar cualquier permiso de portación de armas si tiene uno, y cualquier arma de fuego que tenga, a la agencia de la policía que haga la notificación de la orden.1

Si el/la juez/a da una orden final por riesgo sustancial, ordenará que cualquier arma de fuego que el/la demandado/a haya entregado cuando se dio la orden de emergencia debe continuar bajo la custodia de la agencia que tiene las armas de fuego. Si no se dio una orden de emergencia por riesgo sustancial, el/la juez/a todavía puede ordenar que el/la demandado/a no compre, posea o transporte un arma de fuego si el/la juez/a da una orden final. El/la juez/a también le informará a el/la demandado/a que un/a oficial de la policía puede conseguir una orden de registro para buscar armas de fuego si el/la oficial tiene una razón para creer que el/la demandado/a no ha entregado todas las armas de fuego que posee.2

1 VA Code § 19.2-152.13(A)
2 VA Code § 19.2-152.14(B)