Paso 4: La audiencia
Su audiencia generalmente será dentro de 15 días después de presentar la petición. Es necesario que usted asista a la audiencia. Si no va a la audiencia, caducará su orden preliminar y tendrá que empezar el proceso de nuevo. Si no se presenta en la audiencia, es posible que sea más difícil conseguir una orden de protección en el futuro.
Si el/la agresor/a ha recibido notificación de la audiencia pero no se presenta, es probable que el/la juez/a siga con la audiencia sin su presencia. Pero, también es posible que el/la juez/a decida otorgar la orden preliminar de nuevo y fijar una audiencia nueva.
Usted tiene el derecho de que un/a abogado/a le represente durante la audiencia, si puede conseguir a uno/a. Si llega a la audiencia y el/la agresor/a tiene abogado/a y usted no, puede pedirle a el/la juez/a que aplace la audiencia para una fecha más tarde para que tenga tiempo para encontrar su propio/a abogado/a. Para referidos para abogados/as, vea nuestra página de VA Encontrando a un Abogado. Vea nuestra página de Durante la Audiencia para maneras de demostrarle a el/la juez/a que ha sido abusado/a.