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Información Legal: Rhode Island

Custodia

Leyes actualizadas al 19 de julio de 2024

¿Qué puedo hacer si el otro padre no cumple con la orden de custodia?

Si el/la otro/a padre/madre no cumple con la orden de custodia, usted puede presentar una moción de desacato en la corte de familia. Esto significa que usted le está pidiendo a el/la juez/a que tome acción porque el/la otro/a padre/madre no está cumpliendo con la orden. Si el/la juez/a entiende que la orden no se está cumpliendo, puede:

  • castigar a el/la otro/a padre/madre;
  • asegurarse que cumplan con la orden actual; y
  • dar una orden nueva para compensar por la violación, como darle más tiempo a el/la padre/madre con el/la menor para compensar el tiempo perdido.

Si el/la padre/madre que tiene la custodia principal (padre/madre custodio) se niega a permitir que el/la otro/a padre/madre tenga visitas dos veces o más, esto puede ser una razón para quitarle la custodia a el/la padre/madre custodio.Sin embargo, si un/a padre/madre no pudo cumplir con la orden porque estaba sirviendo en el ejército o en despliegue fuera del estado, eso por sí solo no es razón suficiente para cambiar la orden de custodia o visitación.2

Si usted es el/la padre/madre custodio y el padre/madre no custodio no está usando su tiempo de visita, el/la juez/a generalmente no le obligará a usarlo. La razón detrás de esto es que obligar a un/a padre/madre que no quiere a pasar tiempo con su hijo/a a hacerlo podría no ser en el mejor interés de el/la menor. Sin embargo, si el/la padre/madre no custodio sigue faltando a las visitas mientras tienen custodia física compartida, esto podría ser una razón para pedir que la orden se cambie a custodia física exclusiva. Es buena idea hablar con un/a abogado/a para que le ayude a determinar los próximos pasos. Puede ir a nuestra página Encontrando a un abogado en Rhode Island para encontrar abogados/as en su área.

R.I. Gen. Laws § 15-5-16(d)(1)
2 R.I. Gen. Laws § 15-5-16(g)(7)

Si hay una orden de custodia vigente, ¿cómo puedo cambiarla?

Si usted tiene una orden final de custodia, generalmente solo puede presentar una petición para cambiarla (modificarla) si ha pasado algo importante desde que se dio la orden. Esto se conoce como un “cambio sustancial de circunstancias”. Es posible que el/la juez/a acepte cambiar la orden de custodia si entiende que el cambio es en el mejor interés de el/la menor basado en estas nuevas circunstancias. 

Según la ley de Rhode Island, si ocurre un incidente de violencia doméstica después que se haya dado la orden de custodia, esto se considera un cambio de circunstancias. Entonces, el/la juez/a deberá decidir si cambiar la orden es en el mejor interés de el/la menor.1  

1 R.I. Gen. Laws § 15-5-16(g)(5)

¿Puedo transferir mi caso de custodia a otro estado?

Después que hay una orden final de custodia, es posible que usted quiera mudarse con sus hijos/as a otro estado y quiera transferir su caso de custodia. Para aprender cómo hacer esto, visite la sección Transferir un caso de custodia a un estado diferente en nuestra página general de custodia. También puede leer nuestra pregunta específica para Rhode Island, ¿Puedo cambiar el estado donde se está viendo mi caso de custodia?

Sin embargo, antes de mudarse del estado con su hijo/a, puede que necesite permiso de el/la juez/a o el/la otro/a padre/madre. Es posible que quiera hablar con un/a abogado/a para asegurarse que sus planes de mudarse no violen su orden de custodia o las leyes de secuestro parental de su estado.

¿Qué puedo hacer si la persona agresora sigue presentando casos en la corte?

Si la persona agresora sigue presentando casos judiciales o mociones en su contra con el propósito de maltratarle, acosarle, intimidarle o amenazarle, o para tener contacto con usted, eso podría calificar como “litigio abusivo”. Usted puede presentar una petición en la corte para pedir una orden para restringir el litigio abusivo si cumple con ciertos requisitos. Para conocer más, visite nuestra sección Abuso del litigio.