¿Cómo puedo cambiar, extender o terminar mi orden de protección?
Si quiere cambiar, extender o terminar (disolver) su orden, debe presentar una petición en la misma corte que dio la orden originalmente, y la corte programará una audiencia. En la audiencia, le dirá a el/la juez/a por qué usted cree que los cambios que está pidiendo son necesarios. La persona agresora puede ir a la corte y objetar los cambios o la extensión que usted está pidiendo.
La persona agresora también puede presentar una petición para cambiar o disolver la orden de protección, pero las mismas reglas aplican. Usted también tendrá la oportunidad de ir a la audiencia y contarle a el/la juez/a su versión.1
Solo un/a juez/a o un/a canciller puede cambiar, extender o disolver una orden de protección.
Una organización local de violencia doméstica podría ayudarle con su petición. Para encontrar una organización local o una persona intercesora, visite nuestra página Intercesoras y albergues en Misisipi.
1 Miss. Code §§ 93-21-15(6); 93-21-17(2)




