¿Mi empleador tiene que pagarme si tomo una licencia bajo esta ley?
Su empleador/a puede decidir si la licencia que usted esa es con paga o sin paga.1 Antes de solicitar una licencia bajo esta ley, primero debe usar su licencia anual de vacaciones, enfermedad o personal, si tiene alguna.2
1 M.G.L. 149 § 52E(b)
2 M.G.L. 149 § 52E(g)
Tengo miedo de que mi empleador le cuente a mis compañeros de trabajo sobre mi situación. ¿Eso es legal?
La ley requiere que su empleador/a mantenga la información sobre su licencia y la violencia doméstica confidencial.1 Por ejemplo, su empleador/a no puede decirle a sus compañeros/as de trabajo, a sus clientes/as, o a otros empleados/as que usted se tomó tiempo libre para lidiar con violencia doméstica.
Su empleador/a puede compartir información sobre su licencia y la violencia doméstica si:
- usted se lo pide por escrito;
- su empleador/a le pregunta si está “bien” (OK) que lo haga y usted le da consentimiento o permiso por escrito para que comparta esa información;
- la corte le ordena a su empleador/a revelar la información;
- su empleador/a tiene que revelar la información por ley federal o estatal;
- compartir la información es requerido como parte de una investigación aprobada por la policía; o
- es necesario compartir la información para proteger su seguridad o la seguridad de sus compañeros/as de trabajo.1
1 M.G.L. 149 § 52E(f)