¿Cómo tomará el juez la decisión sobre la tutela (custodia)?
Al decidir a quién se le otorgará la tutela, el/la juez/a intentará llegar a un acuerdo que considere que es en el “mejor interés” de el/la menor.1
Estos son algunos de los factores que el/la juez/a puede considerar:
- si el desarrollo y las necesidades físicas, psicológicas o emocionales de el/la menor se beneficiarán de la designación de tutores/as conjuntos/as;
- la capacidad de los padres para darle prioridad al bienestar de el/la menor y tomar decisiones compartidas en el mejor interés de el/la menor;
- si cada uno de los padres puede fomentar y aceptar una relación positiva entre el/la menor y el/la otro/a padre/madre;
- si ambos padres participaron en la crianza de el/la menor antes de presentar la demanda; y
- la distancia entre las casas de los padres.2
Si la demanda es entre uno de los padres y una persona que no es uno de los padres, hay una “presunción controvertible” de que el/la padre/madre está actuando en el mejor interés de el/la menor y debe obtener la custodia. Esto significa que la corte asumirá que esto es cierto, pero la persona que no es uno de los padres puede presentar evidencia para demostrar que denegarle la custodia perjudicaría la salud física o el desarrollo emocional de el/la menor.3
Además, si el/la menor tiene 12 años o más, se supone que el/la juez/a le entreviste en su oficina (sala) para averiguar dónde el/la menor quiere vivir. Si el/la menor tiene menos de 12 años, el/la juez/a puede entrevistarle sobre esto, pero no tiene que hacerlo. Un/a juez/a también puede entrevistar a un/a menor de cualquier edad en privado para conocer sus deseos y preguntar sobre cualquier otro asunto del caso que esté afectando la relación entre el/la menor y los padres.4
La ley de Texas requiere que los/as jueces/zas no consideren el sexo o estado civil de la persona al determinar la tutela o la posesión y derecho a visita de el/la menor. 5
Nota: Generalmente, el/la juez/a preferirá darles a ambos padres contacto frecuente con su hijo/a y que compartan las responsabilidades de criarle.6 Sin embargo, el/la juez/a no dará la tutela conjunta si encuentra evidencia creíble de:
- violencia familiar;
- negligencia de menores en el presente; o
- abuso físico o sexual de uno de los padres contra el/la otro/a, un/a cónyuge o un/a menor.7
1 Tex. Fam. Code § 153.002(a)
2 Tex. Fam. Code § 153.134
3 Tex. Fam. Code § 153.002(b)
4 Tex. Fam. Code § 153.009
5 Tex. Fam. Code § 153.003
6 Tex. Fam. Code § 153.001
7 Tex. Fam. Code § 153.004




