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Información Legal: Texas

Custodia

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Actualizada: 
28 de julio de 2023

Si una orden de custodia ha entrado en vigor, ¿cómo la puedo modificar?

Para poder modificar una orden de tutela o posesión y derecho a visita que ya ha entrado en vigor, necesita presentar una petición en la corte.  Por lo general, usted puede presentar su solicitud para cambio y modificación de una orden de tutela o posesión y derecho a visita, si es lo que atiende al interés superior del menor, y:

  1. desde que la orden entró en vigor, han cambiado de manera material y sustancial las circunstancias del niño, tutor u otra persona las cuales son afectadas por la orden; o
  2. el niño tiene por lo menos 12 años de edad, y por escrito ha presentado ante la corte el nombre de la persona la cual el niño prefiere que tenga el derecho exclusivo a decidir en donde vivirá; o
  3. el tutor que tiene el derecho exclusivo a decidir en donde vivirá el niño, ha conferido por voluntad propia la guarda principal y posesión del niño a otra persona, por al menos seis meses.1

Nota: Numero 3, arriba, no se aplica al tutor que tiene el derecho exclusivo a decidir en donde vivirá el niño y que ha conferido temporalmente por voluntad propia la guarda principal y posesión del niño a otra persona, durante su despliegue militar.2

Para presentar una petición de cambio de tutela y posesión y derecho a visita, usted deberá llenar ciertos formatos y entregarlos a la corte.  Puede visitar su sala de justicia local para obtener copias de todos los documentos necesarios.   El secretario de la corte podrá contestar a algunas de sus preguntas acerca de estos documentos pero no puede proveer consejo legal.  Sería bueno que considerara contactar a un abogado para ayudarle.  En nuestra página de internet TX Encontrando a un Abogado usted podrá encontrar información de referencias de servicios de abogados y servicios legales gratuitos o a bajos costos.

1 Tex. Fam. Code § 156.101(a)
2 Tex. Fam. Code § 156.101(b)