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Información Legal: Oklahoma

Órdenes de Restricción

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Actualizada: 
8 de diciembre de 2023

¿Qué tipos de órdenes de protección hay para víctimas y por cuánto tiempo duran?

Hay dos tipos de órdenes de protección para víctimas: órdenes de emergencia temporales y órdenes de protección finales.

Órdenes de emergencia temporales:

Se otorgan las órdenes de emergencia temporales ex parte, lo cual significa que no es necesario notificarle a el/la ofensor/a de su petición. Puede solicitar una orden de emergencia temporal cuando la corte no está abierta. El/la oficial de paz (policía) que está investigando su caso:

  • le dará una petición para la orden;
  • le avisará a el/la juez/a de su petición;
  • le dirá si el/la juez/a aprobó o negó su petición. Si fue aprobada, el/la oficial le dará una copia de la petición y una declaración escrita firmada por el/la oficial que muestra que el/la juez/a aprobó su petición; y
  • le notificará a el/la agresor/a de la orden y de los términos de la orden.1

La orden de emergencia estará en vigor hasta la próxima fecha en la corte lo que debe ocurrir dentro de 14 días.2

Aunque la ley no es clara, es probable que se pueda conseguir una orden de emergencia ex parte el mismo día en que se presenta la petición en la corte (en situaciones cuando la corte está abierta) que estará en vigor hasta el día de su audiencia para una orden final, similar al proceso de conseguir una orden de protección contra la violencia doméstica. Se puede leer más sobre las órdenes temporales en nuestra página de Órdenes de Protección Contra Violencia Doméstica.

Igual que una orden de protección contra la violencia doméstica, la audiencia para una orden de protección final para víctimas se celebrará dentro de 14 días después de presentar su petición y puede durar hasta cinco años.3

1 22 O.S. § 40.3(A)
2 22 O.S. § 60.3(C)
3 Vea 22 O.S. § 40.2(A), 22 O.S. § 60.4(G)(1)