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Información Legal: Oklahoma

Órdenes de Restricción

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Actualizada: 
8 de diciembre de 2023

¿Puedo cambiar, extender, o cancelar mi orden de protección de otro estado en Oklahoma?

Únicamente el estado que haya emitido su orden de protección la podrá cambiar, extender o cancelar. Usted no puede hacer este trámite en una corte en Oklahoma.

Para cambiar, extender o cancelar su orden, tendrá que presentar una petición en la corte en donde se haya emitido.  Usted podrá solicitar la audiencia de la corte vía telefónica en lugar de estar en persona para que no tenga que volver al estado en donde reside el/la agresor/a.  Para más información sobre cómo modificar una orden de protección en el estado en donde se emitió, visite la página Órdenes de Restricción y seleccione el estado en que se otorgó su orden del menú desplegable.

Si su orden expira en el tiempo en que se encuentre en Oklahoma, es posible que pueda obtener una nueva orden en Oklahoma pero esto puede ser difícil si no existen nuevas incidencias de abuso en Oklahoma.  Así mismo, es importante que sea de su conocimiento que si usted presenta una nueva orden en Oklahoma, el/la agresor/a será notificado y tendrá la oportunidad de asistir a la audiencia en Oklahoma para defenderse en contra de la orden.1  Si usted no desea que el/la agresor/a sepa que está en Oklahoma, entonces es recomendable que no presente una nueva orden en Oklahoma.

Para más información sobre como obtener una Orden de Protección en Oklahoma, visite nuestra página Órdenes de Protección Contra Violencia Doméstica​.

1 22 O.S. § 60.4(1)