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Información Legal: Nueva Jersey

Custodia

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Actualizada: 
8 de enero de 2024

¿Hay alguna excepción a la regla del “estado de residencia”?

Hay excepciones a la regla del estado de residencia. Usted puede realizar una solicitud de custodia temporal de emergencia en un estado diferente al de residencia si el/la menor está presente en el estado y si una de estas cosas es cierta:

  1. el/la menor ha sido abandonado; o
  2. es necesaria para proteger a su hijo/a porque su hijo/a (o su hermano/a o madre/padre) está sometido o amenazado con maltrato o abuso.1

También, en algunos casos usted puede hacer la solicitud de custodia en un estado en el que los hijos y al menos uno de los padres tengan “conexiones significativas.” Normalmente, sin embargo, usted sólo puede hacer esto si no hay un estado de residencia o si el estado de residencia ha acordado permitir que otro estado tenga la jurisdicción.2 Esto puede ser complicado, y si usted piensa que esto se aplica a su situación, por favor hable sobre esto con un abogado en ambos estados. Para una lista de recursos legales, por favor vea nuestra página NJ Encontrando a un Abogado.

1 N.J. Stat. § 2A:34-68(a)
2 N.J. Stat. § 2A:34-65