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Información Legal: Nueva Jersey

Leyes Estatales de Armas de Fuego

Actualizada: 
8 de enero de 2024

Tengo una orden de restricción temporal o de emergencia. ¿Tengo que esperar hasta que reciba una orden final antes de que se retiren sus armas?

Es posible. Usted puede pedirle al/a la juez/jueza que indique en su orden de emergencia o temporal que el/la agresor/a no puede portar un arma mientras usted espera la audiencia del tribunal, pero dependerá del/de la juez/a. La legislación de Nueva Jersey establece que con una orden de emergencia o temporal, el/la juez/a puede (pero no tiene obligación de) tomar cualquiera de las siguientes medidas:

  • prohibir que el/la agresor/a posea un arma de fuego o cualquier otra arma;
  • ordenar la búsqueda y la confiscación de cualquier arma de fuego u otro tipo de arma en cualquier lugar donde el/la juez/a tenga causa razonable para creer que se encuentra el arma;
  • ordenar la confiscación de toda “tarjeta de identificación para comprar armas de fuego” o “permiso para comprar un revólver” emitido a nombre del/de la acusado/a; y
  • ordenar cualquier otro remedio que corresponda.

Si el/la juez/a ordena que el/la agresor/a no puede portar armas de fuego, entonces el/la juez/a debe exigir que un/a funcionario/a policial acompañe al/a la agresor/a (o que vaya sin el/la agresor/a, si fuera necesario) a cualquier lugar donde se encuentre algún arma de fuego o arma de otro tipo y tome posesión de la misma. Si la orden de restricción prohíbe que el/la agresor/a vaya al lugar donde se encuentran las armas de fuego o cualquier otro tipo de armas que pertenecen al/a la acusado/a, el/la funcionario/a policial irá sin el/la agresor/a y las confiscará (tomará).1

No obstante, si no existe una mención específica a una restricción de arma de fuego en la orden temporal, entonces usted deberá esperar hasta que reciba una orden definitiva. La ley exige el retiro de las armas de fuego con una orden de restricción definitiva. Vea Tengo una orden de restricción definitiva contra el agresor. ¿Puede portar un arma o comprar una nueva? para obtener más información.​

1 NJ Stat. § 2C:25-28(j)

Tengo una orden de restricción final contra el agresor. ¿Puede tener un arma o comprar una nueva?

No.  De acuerdo con la ley de Nueva Jersey, en toda orden de restricción emitida después de una audiencia, el/la juez/a debe (“deberá”):

  1. prohibir que el/la acusado/a compre, tenga en su poder, posea o controle un arma de fuego; 
  2. prohibir que el/la acusado/a obtenga o conserve una tarjeta de identificación para comprar armas de fuego o un permiso para comprar un revólver;  
  3. exigir que el/la agresor/a entregue inmediatamente cualquiera de sus armas de fuego u otro tipo de armas (tales como cuchillos) al/a la funcionario/a policial.1

Las prohibiciones indicadas en los puntos 1 y 2 anteriores estarán vigentes por todo el tiempo que la orden de restricción esté vigente o durante dos años, lo que sea más largo.

Para que la policía obtenga las armas de fuego, un/a funcionario/a policial deberá acompañar al/a la agresor/a (o podrá ir sin el/la agresor/a, si fuera necesario) a cualquier lugar donde se encuentre algún arma de fuego o arma de otro tipo y deberá tomar posesión de la misma.  Si la orden de restricción prohíbe que el/la agresor/a vaya al lugar donde se encuentran las armas que pertenecen al/a la acusado/a, el/la funcionario/a policial irá sin el/la agresor/a y las confiscará (tomará).  

Nota: Estas prohibiciones no se aplican a un/a agresor/a que es un/a funcionario/a policial mientras está en servicio o a cualquier otro miembro de las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos o a un miembro de la Guardia Nacional mientras están en servicio o yendo a o volviendo de un lugar de servicio autorizado.2  

Las leyes federales, que aplican en todos los estados, limitan el derecho de un/a agresor/a de tener un arma si tiene una orden de protección en contra de él/ella y esa orden cumple con ciertos requisitos aun cuando el/la juez/a no prohíba específicamente en la orden que posea un arma.  Vaya a la página de Leyes Federales de Armas de Fuego para más información.

1 NJ Stat. § 2C:25-29(b) & (b)(16)
2 NJ Stat. § 2C:25-29(b)