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Información Legal: Nueva Jersey

Leyes Estatales de Armas de Fuego

Actualizada: 
8 de enero de 2024

Si el agresor ha sido condenado por un delito, ¿puede tener o comprar un arma?

La ley del estado de Nueva Jersey establece que una persona no puede obtener un “permiso de compra de un revólver” o una “tarjeta de identificación de comprador de armas de fuego” si tuvo una condena por alguno de los siguientes delitos:

  • cualquier “delito”;
  • una “ofensa de persona desordenada” que involucra un hecho de violencia doméstica, que incluye alguno de los siguientes delitos cometidos contra un miembro de la familia o del grupo familiar:​
  • cuando era menor de edad, se sentenció como delincuente por un delito que, si hubiera sido cometido por un/a adulto/a, constituiría un delito y la ofensa involucró el uso o la posesión ilegal de un arma o un dispositivo explosivo o destructivo; o
  • tiene una orden de restricción en su contra que le prohíbe la custodia, control, compra, posesión, recibo o ser dueña de un arma de fuego o municiones. Esta orden de restricción tiene que haberse dado luego de que la persona fuera acusada o declarada culpable de un crimen dirigido o cometido en contra de un/a oficial de la corte.2

Además, es un delito penal de 2º grado, de acuerdo con la ley del estado de Nueva Jersey, que cualquier persona que haya sido condenada por uno de los siguientes delitos posea un arma de fuego ni munición:

  • agresión agravada
  • incendio intencional
  • hurto
  • fuga
  • extorsión
  • homicidio
  • secuestro
  • robo
  • agresión sexual agravada
  • agresión sexual
  • comisión de delito por intimidación
  • amenaza del bienestar de un niño/a
  • acoso
  • robo violento de un auto;​
  • criminalidad de pandillas;​
  • crimen organizado;​
  • amenazas terroristas;
  • posesión ilegal de una ametralladora, pistola o arma de fuego de asalto;
  • líder de una red de tráfico de armas de fuego;
  • delito que involucra violencia doméstica o un intento o conspiración para cometer un delito que involucra violencia doméstica
  • ciertos delitos relacionados con drogas o un intento o conspiración para cometer ciertos delitos relacionados con drogas(enumerados aquí en (b)(1))
  • ciertos delitos que involucran la posesión de armas y dispositivos prohibidos (enumerados aquí en (b)(1)).3

Es un delito de 3er grado, de acuerdo a la ley de Nueva Jersey, que alguien posea un arma de fuego ni munición si:

  • fue condenado/a por un delito menor de orden público que involucra violencia doméstica;
  • su arma de fuego fue confiscada (sacada por la policía) de acuerdo con la “Ley de Prevención de Violencia Doméstica” y no fue devuelta; o
  • existe una orden judicial que prohíbe la posesión de armas de fuego emitida conforme la “Ley de Prevención de Violencia Doméstica” (esta disposición no se aplica a los/las funcionarios/as policiales mientras estén en servicio o a cualquier miembro de las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos o de la Guardia Nacional mientras están en servicio o viajando hacia o desde un lugar de servicio autorizado).4

Nota: Estas condenas enumeradas no necesariamente tienen que haber tenido lugar en un tribunal de Nueva Jersey. Si se condenó al/a la agresor/a por un delito similar en otro estado, territorio u otra jurisdicción de los Estados Unidos, o inclusive en cualquier otro país del mundo (si tuvo lugar en un tribunal de “jurisdicción competente”), se aplicará la ley de todos modos.5

Si alguna de estas situaciones es aplicable al/a la agresor/a, podrá ser ilegal que él/ella tenga un arma de fuego. Además, las leyes federales, que son aplicadas a todos los estados, limitan el derecho de poseer un arma si una persona ha sido condenada por algunos delitos. Para obtener más información vea Leyes Federales de Armas de Fuego.

1 NJ Stat. §§ 2C:58-3(c); 2C:25-19(a)​
2 NJ Stat. § 2C:58-3(c)
3 NJ Stat. § 2C:39-7(b)(1)
4 NJ Stat. § 2C:39-7(b)(2), (b)(3)
5 NJ Stat. § 2C:39-7(c)

¿Cómo puedo descubrir si el agresor ha sido condenado por un crimen?

Los documentos que indican los antecedentes por delitos menores o graves de violencia doméstica están a disposición del público, pero no son siempre de fácil acceso. Si usted conoce la sala de juicios exacta en la que la persona que abusa de usted ha sido condenada, usted puede ir a esa sala de justicia y pedirle al secretario del juzgado acceso a esos documentos.

Los documentos que indican los antecedentes por delitos menores o graves de violencia doméstica también permanecen en el Sistema Instantáneo de Registro Nacional de Antecedentes Criminales (National Instant Criminal Background Check System o NICS, por sus siglas en inglés). Sin embargo, sólo a los agentes del orden público y los vendedores/as de armas de fuego se les permite buscar en el NICS.  Su departamento local de policía es el único que tal vez pueda buscar en el NICS por usted, si usted se lo pide, pero este departamento no está obligado a ello.

Para leer más sobre el NICS, por favor vea la pregunta, ¿Qué pasaría si el agresor trata de comprar un arma?