¿A quién protege esta ley de vivienda?
En general, un/a arrendador/a puede tener derecho a desalojar a alguien si:
- comete ciertos crímenes;
- pone en peligro a otras personas; o
- daña o amenaza con dañar la propiedad como tal.1
Esto es cierto independientemente de que la persona agresora sea inquilina, ocupante o simplemente alguien que está en la propiedad con el permiso de la persona inquilina. Sin embargo, es posible que esté protegido/a de que le desalojen si la persona agresora no es un miembro de su hogar y usted toma ciertas medidas para protegerse.1
Si la persona agresora también es inquilina o miembro de su hogar, vea Sacar a una persona agresora del hogar que comparten.
1 Neb. Rev. Stat. § 76-1431(4)
¿Qué acciones de la persona agresora califican para desalojo bajo esta ley?
El/la arrendador/a tiene derecho a desalojar a cualquier ocupante o inquilino/a si hace cualquiera de las siguientes cosas en la vivienda alquilada:
- actividad criminal violenta;
- venta ilegal de cualquier droga (“sustancia controlada”); o
- cualquier otra actividad que amenace la salud o seguridad de:
- otros/as inquilinos/as;
- el/la arrendador/a;
- los/as empleados/as de el/la arrendador/a; o
- los/as agentes de el/la arrendador/a.1
El término “actividad” en el número tres arriba incluye, pero no se limita a:
- una agresión física o amenaza de agresión física;
- uso ilegal o amenaza del uso ilegal de un arma de fuego u otra arma;
- posesión de una droga que no sea la prescrita por un/a doctor/a, si el/la inquilino/a sabía o debería haber sabido que estaba allí; o
- cualquier otra actividad o amenaza de actividad que ponga en peligro la salud o seguridad de cualquier persona o que cause daños a la propiedad.1
1 Neb. Rev. Stat. § 76-1431(4)
¿Qué medidas debo tomar para evitar que me desalojen por las acciones de la persona agresora?
Para evitar que le desalojen por las acciones de la persona agresora, usted o un miembro de su hogar que sea víctima de maltrato debe hacer una de las siguientes cosas:
- obtener una orden de protección, orden de restricción u otra orden parecida contra la persona agresora;
- denunciar la actividad de la persona agresora a la policía; o
- si las acciones de la persona agresora son un acto de violencia doméstica, obtener una certificación de una tercera parte calificada según se define en la Ley de Violencia contra la Mujer.1
1 Neb. Rev. Stat. § 76-1431(5)(a); 34 U.S.C. 12491(c)(3)




