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Información Legal: Nebraska

Nebraska: Demandando a una persona agresora por daños

Leyes actualizadas al
22 de octubre de 2025

Demandando a una persona agresora por daños

Puede que tenga derecho a buscar justicia a través del sistema judicial civil donde vive. Si una persona sufre daños causados por otra, la víctima puede demandar a la persona agresora por “daños”. Esto se refiere a dinero para cosas como:

  • facturas médicas;
  • pérdida de empleo o salario;
  • dolor y sufrimiento físico y emocional; y
  • castigar a la persona agresora (daños punitivos), en algunos casos.

Cada estado tiene sus propias leyes sobre estos temas, pero en su mayoría son muy parecidas cuando se trata de los daños causados por el maltrato. Algo que debe saber es que para presentar demandas hay límites de tiempo que se conocen como “prescripción.“ Es posible que quiera preguntarle a un/a abogado/a de Nebraska sobre la prescripción en su estado.

Además de los daños relacionados con cualquier tipo de maltrato, Nebraska tiene dos leyes que específicamente abordan la trata de personas y la distribución de imágenes sin consentimiento.

La ley de Nebraska permite específicamente que una víctima de la trata, o su padre, madre o tutor/a legal, demande a el/la traficante por daños físicos o mentales causados por la trata. Pueden pedir que el/la traficante pague por todos sus honorarios de abogado/a y cualquier otro costo asociado al proceso de presentar la demanda civil.1

Además, la ley de Nebraska permite que una víctima de distribución de imágenes sin consentimiento, a veces conocida como “pornografía de venganza”, demande a la persona agresora por el daño causado por sus acciones. Las víctimas también pueden pedir daños por angustia emocional.2 Esta ley aplica a imágenes reales de la víctima y a imágenes generadas por una computadora.3 El/la juez/a puede otorgarle cualquiera de las siguientes cosas a la víctima:

  • dinero por el daño que sufrió la víctima, ya sea que el daño pueda calcularse fácilmente en dinero o que sea “presumido” por el tribunal;
  • cualquier ganancia que la persona agresora obtuvo por compartir las imágenes;
  • costos judiciales y honorarios de abogado/a;
  • un interdicto; o
  • cualquier otra cosa que el/la juez/a entienda que es apropiada.4

Si sus daños son menos de cierta cantidad, es posible que pueda presentar una demanda por su cuenta en el tribunal de instancias (corte de cuantías menores). El tribunal de instancias es un tipo de corte menos formal en donde se puede representar a usted mismo/a. De hecho, la ley de Nebraska especifica que las personas no pueden ser representadas por abogados/as en el tribunal de instancias.5 Usted puede presentar una demanda por su cuenta en el tribunal de instancias siempre y cuando esté pidiendo $7,500 o menos.6 Para más información sobre el tribunal de instancias de Nebraska, puede visitar el sitio web de Auto-Ayuda en Línea de la Rama Judicial de Nebraska.

Si quiere demandar por más dinero, es posible que necesite la ayuda de un/a abogado/a. Algunos/as abogados/as aceptan casos como este por una “tarifa contingente”. Esto significa que no se le paga a el/la abogado/a a menos que usted gane el caso en la corte. Si usted gana, entonces el/la abogado/a recibe un porcentaje, que, por lo general, es una tercera parte de los daños que el/la juez/a ordene. A veces, el /la juez/a ordenará que la persona agresora (parte demandada) pague los honorarios de su abogado/a.

Si necesita ayuda encontrando a un/a abogado/a que pueda tomar su caso por una tarifa contingente, puede contactar la Asociación Nacional de Abogados para las Víctimas del Crimen (“National Crime Victim Association”). Allí pueden referirle a abogados/as en su estado que representan a víctimas del crimen en demandas contra personas agresoras. (WomensLaw.org no está relacionado a esta organización.)

1 Neb. Rev. Stat. § 25-21,299
2 Neb. Rev. Stat. §§ 25-3502; 25-3505
3 Neb. Rev. Stat. § 25-3503(a)(2)(C)
4 Neb. Rev. Stat. § 25-3505(a), (b)
5 Neb. Rev. Stat. § 25-2803(2)
6 Neb. Rev. Stat. § 25-2802(4)