Si soy víctima de violencia doméstica, ¿puedo pedirle a mi arrendador que cambie las cerraduras?
Es posible que la persona arrendadora tenga que cambiar las cerraduras si usted o un miembro de su hogar sufre maltrato por parte de alguien que no vive con usted.1
1 Neb. Rev. Stat. § 76-1431.03(1)
¿Qué documentos debo darle a mi arrendador para que cambie las cerraduras?
Para cambiar las cerraduras, debe entregarle a su arrendador/a las siguientes dos cosas:
- evidencia del maltrato, que puede ser cualquiera de lo siguiente:
- una orden de protección, orden de restricción u otra orden parecida contra la persona agresora; o
- una certificación de una tercera parte calificada según se define en la Ley de Violencia Contra la Mujer;1 y
- un aviso escrito de que desearía que se cambiaran las cerraduras inmediatamente.2
1 Neb. Rev. Stat. §§ 76-1431.03(1); 76-1431(5)(a)(iii); 34 U.S.C. 12491(c)(3)
2 Neb. Rev. Stat. § 76-1431.03(2)
¿Cómo y cuándo está obligado el arrendador a cambiar las cerraduras?
Una vez que haya entregado el aviso requerido, el/la arrendador/a debe cambiar sus cerraduras dentro de 24 horas. El/la arrendador/a debe reemplazar la cerradura completa con una que sea al menos de la misma calidad. Si la cerradura original aún funciona, el/la arrendador/a puede “reconfigurar” la cerradura o cambiar el código de entrada si es un sistema sin llave.2
El/la arrendador/a puede quedarse con una copia de la nueva llave o código de entrada, tal como lo haría cuando un/a nuevo/a inquilino/a se muda a la unidad.3
1 Neb. Rev. Stat. § 76-1431.03(3)
2 Neb. Rev. Stat. § 76-1431.04(1)
3 Neb. Rev. Stat. § 76-1431.04(3)
¿Puede el arrendador obligarme a pagar por el reemplazo?
El/la arrendador/a puede exigirle que pague los costos reales de reemplazar su cerradura, siempre y cuando los costos sean “razonables”.1
1 Neb. Rev. Stat. § 76-1431.04(4)
¿Qué pasa si el arrendador no reemplaza mi cerradura?
Si el/la arrendador/a no reemplaza su cerradura según lo requiere esta ley, usted puede cambiarla por su cuenta. La nueva cerradura debe ser al menos tan buena como la cerradura vieja. Entonces, debe informarle a el/la arrendador/a que cambió la cerradura y coordinar para entregarle la nueva llave o código de acceso a el/la arrendador/a.1
Nota: No importa si su contrato de arrendamiento dice que no puede hacer esto; esta ley aplica incluso si el contrato dice lo contrario.1
1 Neb. Rev. Stat. § 76-1431.04(2)




