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Leyes de vivienda

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Leyes actualizadas al 22 de octubre de 2025

¿Quién está protegido por la ley que permite desalojar a una persona agresora de una vivienda compartida?

Esta ley protege a las víctimas que comparten una vivienda de alquiler con la persona agresora. Si la persona agresora comete violencia doméstica contra usted u otro miembro del hogar, es posible que pueda hacer que saquen a la persona agresora de su hogar sin tener que terminar su contrato.1

1 Neb. Rev. Stat. § 76-1431.02(1)

¿Qué documentos son aceptables bajo la Ley de Violencia Contra la Mujer?

Para sacar a la persona de su casa, es posible que deba proveer ciertos tipos de pruebas de que el maltrato ocurrió. Según la Ley de Violencia contra la Mujer (VAWA, por sus siglas en inglés), cualquiera de las siguientes cosas puede ser prueba:

  1. un formulario de certificación de una agencia gubernamental que administre el programa de vivienda al que usted pertenece, que indique todo lo siguiente:
    1. que usted o un miembro de su hogar es víctima de violencia doméstica, violencia en el noviazgo, agresión sexual o acecho;
    2. que el maltrato cumple con los requisitos de la VAWA que le califican a usted o a un miembro de su hogar para protección; y
    3. el nombre de la persona que cometió el maltrato, si conoce su nombre y es seguro para usted darlo;
  2. un documento que:
    1. esté firmado por usted y por una tercera parte calificada de quien haya recibido ayuda relacionada a la violencia doméstica, violencia en el noviazgo, agresión sexual o acecho, como un/a:
      1. empleado/a, agente o voluntario/a de un/a proveedor/a de servicios a víctimas;
      2. abogado/a;
      3. profesional médico; o
      4. profesional de salud mental; y
    2. declare bajo juramento que el/la profesional de la lista anterior que firmó el formulario entiende que el maltrato es la razón por la cual usted necesita la protección de esta ley;
  3. un registro oficial de una de las siguientes agencias locales, estatales, federales, tribales o territoriales:
    1. agencia de hacer cumplir la ley;
    2. corte; o
    3. agencia administrativa; o
  4.  cualquier otra evidencia que usted pueda dar sobre el maltrato y su necesidad de protección.1 

Nota: La forma en que la VAWA define esto es diferente a cómo funciona una tercera parte calificada bajo la ley de Nebraska. Vea ¿Cómo define la ley de Nebraska a una tercera parte calificada? para más información.

1 34 U.S.C. 12491(c)(3); vea 34 U.S.C. 12491(a)(2)-(3) para más detalles sobre las agencias gubernamentales y los programas de vivienda incluidos.

¿Qué documentos debo darle al arrendador para sacar a la persona agresora?

Para sacar a la persona agresora de la vivienda que comparte, debe entregarle a su arrendador/a las siguientes dos cosas:

  • evidencia del maltrato, que puede ser cualquiera de lo siguiente:
  • un documento escrito que incluya la siguiente información:
    • el nombre legal completo de la persona agresora;
    • la fecha en la que quiere que el/la arrendador/a le notifique el aviso de cancelación a la persona agresora. La fecha que escoja debe ser al menos cinco días, pero no más de 30, de la fecha que le entregue este aviso a la persona arrendadora; y
    • una forma segura en la que la persona arrendadora pueda comunicarse con usted en el futuro.2 

Después de usted tomar estas medidas, el/la arrendador/a puede desalojar a la persona agresora. El/la arrendador/a debe notificar el aviso de cancelación el día que usted haya elegido para que pueda hacer un plan de seguridad.3 Si la persona agresora ignora el aviso de cancelación, el/la arrendador/a deberá presentar un caso de desalojo en su contra. La persona arrendadora también debe enviarle a usted un aviso de la fecha en que se programó la audiencia para el caso de desalojo. Sin embargo, si usted ha tomado todas las medidas necesarias, no será desalojado/a durante este proceso.4

El/la arrendador/a no puede permitir que la persona agresora vuelva a entrar en su casa a menos que esté acompañada por un/a oficial de la policía.5

1 Neb. Rev. Stat. §§ 76-1431.02(1); 76-1431(5)(a)(iii); 34 U.S.C. 12491(c)(3)
2 Neb. Rev. Stat. § 76-1431.02(2)
3 Neb. Rev. Stat. § 76-1431.02(3)
4 Neb. Rev. Stat. § 76-1431.02(4)(b)
5 Neb. Rev. Stat. § 76-1431.02(4)(c)

¿Puedo pedirle a mi arrendador que cambie las cerraduras cuando la persona agresora se vaya?

Después que la persona agresora se mude de la vivienda, el/la arrendador/a también debe cambiar sus cerraduras e informarle cómo obtener la llave nueva.1 El/la arrendador/a debe reemplazar la cerradura completa con una que sea al menos de la misma calidad. Si la cerradura original aún funciona, el/la arrendador/a puede “reconfigurar” la cerradura o cambiar el código de acceso si es un sistema sin llave.2 El/la arrendador/a puede quedarse con una copia de la nueva llave o código de acceso, tal como lo haría cuando un/a nuevo/a inquilino/a se muda a la unidad.3

1 Neb. Rev. Stat. § 76-1431.02(4)(a), (4)(c)
2 Neb. Rev. Stat. § 76-1431.04(1)
3 Neb. Rev. Stat. § 76-1431.04(3)

¿Qué pasa si la persona agresora también intenta desalojarme?

Si ambos/as inquilinos/as le piden a la persona arrendadora que desaloje a el/la otro/a inquilino/a, ambas personas deberán presentar documentos que califiquen. Sin embargo, en esta situación, la persona arrendadora solo está obligada a desalojar a un/a inquilino/a si hay una orden judicial en su contra que le exija abandonar la vivienda. Si ninguno/a de los/as inquilinos/as tiene una orden judicial que le otorgue posesión de la vivienda, la persona arrendadora no tiene que desalojar a nadie hasta que una orden judicial ordene que lo haga.1 

1 Neb. Rev. Stat. § 76-1431.02(5)