- ¿Qué leyes de vivienda pueden protegerme si necesito romper mi contrato de arrendamiento?
- ¿Cómo define la ley un acto de violencia doméstica?
- ¿Cómo define la ley a un miembro del hogar?
- ¿Qué documentos o pruebas debo darle a mi arrendador para terminar mi contrato de arrendamiento?
- Una vez le notifique a mi arrendador que quiero terminar mi contrato, ¿tengo que continuar pagando la renta?
- Si termino mi contrato de arrendamiento, ¿sacarán a mis compañeros de vivienda y familiares de la casa?
¿Qué leyes de vivienda pueden protegerme si necesito romper mi contrato de arrendamiento?
Si usted es un/a arrendatario/a, hay una ley de vivienda en Nebraska que le permite romper (terminar) su contrato de arrendamiento si usted o un miembro de su hogar es víctima de un acto de violencia doméstica. Romper el contrato es a lo que la ley se refiere como una “liberación” del contrato de arrendamiento. La fecha en que termina su contrato se llama “fecha de liberación”.
Si su contrato de arrendamiento es cancelado por esta ley, usted no tendrá que pagar renta después de la fecha de liberación. Tampoco será responsable de daños que le hayan ocurrido a la vivienda después de esa fecha. Así mismo, no tendrá que pagar costos adicionales por terminar su contrato antes de tiempo.1 Sin embargo, sigue siendo responsable de otras deudas que tenga pendientes antes de la fecha de liberación según su contrato de arrendamiento.
1 NE R.S. § 76-1431.01(1), (4)
¿Cómo define la ley un acto de violencia doméstica?
Bajo esta ley, un acto de violencia doméstica incluye cualquiera de los siguientes:
- maltrato doméstico;
- agresión sexual en primer, segundo o tercer grado;
- agresión sexual de un/a menor en primer, segundo o tercer grado;
- agresión doméstica;
- acecho;
- agresión de una persona adulta mayor o vulnerable; o
- trabajo sexual o forzado.1
1 NE R.S. § 76-1410(1)
¿Cómo define la ley a un miembro del hogar?
Si usted es la persona inquilina, la ley de Nebraska define a un miembro del hogar como cualquier menor o persona adulta que viva con usted. Para propósitos de esta ley, la persona agresora no cuenta como un miembro del hogar.1
1 NE R.S. § 76-1410(6)
¿Qué documentos o pruebas debo darle a mi arrendador para terminar mi contrato de arrendamiento?
Si usted, la persona inquilina, o un miembro de su hogar, es víctima de cualquiera de los siguientes crímenes elegibles, debe hacer lo siguiente:
- mostrarle uno de los siguientes documentos a su arrendador/a:
- una orden de restricción, una orden de protección u otra orden judicial parecida contra la persona agresora; o
- una declaración escrita (certificación) que confirme el acto de violencia doméstica por una “tercera parte calificada”;1 y
- darle una notificación escrita a su arrendador/a, que incluya:
- los nombres de cualquier otro miembro del hogar que irá con usted; y
- la fecha específica en que quiere terminar su contrato de arrendamiento.3
Nota: Una “tercera parte calificada” es una organización sin fines de lucro que ofrece servicios a víctimas de violencia doméstica y agresión sexual.2
La fecha en que usted decida terminar su contrato de arrendamiento (“fecha de liberación”) debe ser entre 14 y 30 días de la fecha en que usted hizo la notificación.3 Por ejemplo, si usted le notifica a su arrendador/a el 1 de marzo, entonces tendrá que escoger cualquier día entre el 15 y el 31 de marzo para terminar su contrato.
1 NE R.S. § 76-1431.01(1), (2)
2 NE R.S. § 76-1410(11)
3 NE R.S. § 76-1431.01(2)
Una vez le notifique a mi arrendador que quiero terminar mi contrato, ¿tengo que continuar pagando la renta?
Aún después de entregarle la notificación escrita a su arrendador/a, usted deberá pagar la renta completa del mes en el que termina su contrato de arrendamiento.1
Por ejemplo, digamos que el 20 de septiembre usted notifica que quiere terminar su contrato el 5 de octubre. Eso quiere decir que la última renta que tendrá que pagar será la de octubre.
1 NE R.S. § 76-1431.01(3)
Si termino mi contrato de arrendamiento, ¿sacarán a mis compañeros de vivienda y familiares de la casa?
Las únicas personas que se tendrán que ir de la casa con usted son los miembros del hogar que usted haya incluido en la notificación que le dio a su arrendador/a. Si sus compañeros/as de vivienda o familiares aparecen como “arrendatarios/as” en el contrato de arrendamiento y no son parte de la notificación, su alquiler continúa aunque usted haya terminado el suyo.1
Nota: Una persona agresora no puede usar esta ley para terminar su contrato de arrendamiento antes de tiempo.2
1 NE R.S. § 76-1431.01(5)
2 NE R.S. § 76-1431.01(6)