¿Cuál es la definición legal de una ofensa de agresión sexual?
Para propósitos de obtener una orden de protección contra la agresión sexual, un “delito de agresión sexual” significa cometer o intentar cometer cualquiera de los siguientes:
- agresión sexual en 1er grado, 2do grado o 3er grado;
- abuso sexual por parte de un/a empleado/a escolar;
- agresión sexual de un/a menor en 1er grado, 2do grado o 3er grado;
- intrusión ilegal, grabar una imagen o video del área íntima, o distribuir o hacer públicas estas imágenes; o
- “contacto sexual” o “penetración sexual” sin consentimiento.1
1 Neb. Rev. Stat. § 26-102(7); vea Neb. Rev. Stat. §§ 28-311.08 y 28-318(5), 65)




