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Información Legal: Carolina del Norte

Custodia

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Actualizada: 
22 de diciembre de 2023

¿Cuándo se asigna un coordinador para el cuidado de los hijos y cuál es su rol?

El/la juez/a puede asignar un/a coordinador/a parental en cualquier momento durante el caso de custodia de un/a menor, incluyendo después que se dé una orden final o después que uno de los padres sea encontrado/a en desacato por violar una orden de custodia, si:

  1. todas las partes están de acuerdo (dan su consentimiento);
  2. una de las partes presenta una moción para solicitar un/a coordinador/a parental y prueba los factores mencionados en la “nota” qua aparece abajo; o
  3. el/la juez/a decide por cuenta propia que es necesario/a basado en los factores mencionados en la “nota” que aparece abajo.1

Nota: En las situaciones descritas en los números 2 o 3, el/la juez/a solamente puede asignar un/a coordinador/a para el cuidado de los/as hijos/as si todas las siguientes son ciertas:

  • asignar un/a coordinador/a para el cuidado de los/as hijos/as sería en el mejor interés de cualquier hijo/a menor en el caso;
  • las partes pueden pagar los costos de el/la coordinador/a para el cuidado de los/as hijos/as; y
  • el/la juez/a decide que es un “caso donde hay muchos conflictos”, lo que significa que hay un patrón persistente de cualquiera de las siguientes:
    • litigio excesivo;
    • ira y desconfianza;
    • maltrato verbal;
    • agresión física o amenazas de agresión física;
    • dificultad colaborando y comunicándose sobre el cuidado de los/as hijos/as menores; u
    • otras condiciones que hagan que el/la juez/a crea que un/a coordinador/a para el cuidado de los/as hijos/as es necesario/a.2

La orden que asigna a un/a coordinador/a para el cuidado de los/as hijos/as debe indicar los asuntos que ese/a coordinador/a debe ayudar a trabajar y decidir con las partes. Cualquier decisión que haga el/la coordinador/a debe ser respetada por los padres y se puede hacer cumplir en la corte de la misma manera que una orden de un/a juez/a, a menos que uno de los padres presente una moción para pedirle a el/la juez/a que la anule y el/la juez/a esté de acuerdo. Los asuntos que un/a coordinador/a parental puede trabajar incluyen, pero no están limitados a:

  • tiempo de transición, recogido o entrega;
  • distribución de vacaciones y días feriados;
  • método de recogido y entrega;
  • transportación hacia y desde la visitación;
  • si estará en un cuido de niños/as o servicio de niñera/o;
  • hora de acostarse;
  • alimentación;
  • ropa;
  • recreación;
  • actividades antes y después de la escuela;
  • actividades extracurriculares;
  • disciplina;
  • manejo de la atención médica;
  • cambios de horario que no interfieran mucho con el acuerdo básico de tiempo compartido;
  • participación en la visitación, incluyendo parejas o familiares;
  • contacto telefónico;
  • cambios a la apariencia de el/la menor, incluyendo tatuajes o perforaciones;
  • pasaporte de el/la menor; y,
  • educación.3

1 NCGS § 50-91(a)
2 NCGS §§ 50-91(b); 50-90(1)
3 NCGS §§ 50-91(c); 50-92(a), (b), (b1)