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Información Legal: Carolina del Norte

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Actualizada: 
22 de diciembre de 2023

¿Cuándo puedo ser excusada de mediación? ¿Qué si soy víctima de violencia doméstica?

En condados donde se ofrece mediación, se requiere que participe en mediación a menos que el juez u otro oficial del tribunal decida que usted no tenga que asistir. Para pedir ser excusada de mediación, puede llenar un formulario llamado “moción y orden para excusar mediación” (“Motion and Order for Waiver of Mediation”). Hay varias razones por las cuales el juez le excusará de mediación. Aquí hay algunas razones, pero el juez puede considerar otras también:

  • usted es víctima de violencia doméstica por actos del otro padre de su hijo;
  • el demandado ha abusado o ha sido negligente con su hijo;
  • alegaciones de alcoholismo o abuso de drogas por parte del otro padre;
  • alegaciones de que el otro padre sufre problemas severos psicológicos, psiquiatricos or emocionales;
  • si usted vive a más de 50 millas del condado donde está tribunal donde sometió su caso;
  • usted y el demandado están de acuerdo en mediación privada (la cuál usted tiene que pagar);
  • cualquier otra razón que usted crea que hará que la mediación le ocasione serios inconvenientes.1

1 NCGS §50-13.1(c)