WomensLaw no es solamente para mujeres. Servimos y apoyamos a todos/as los/as sobrevivientes no importa su sexo o género.
Importante: Aun si las cortes están cerradas puede haber una forma para pedir una orden de protección y recursos de emergencia. Vea las Cortes y el COVID-19.
Información Legal: Arkansas
Actualizada:
12 de febrero de 2020¿Quién puede obtener una orden de protección?
Usted podría ser elegible para obtener una orden de protección contra un miembro de la familia o del grupo familiar que ha cometido violencia doméstica contra usted. El/la agresor/a es un miembro de la familia o del grupo familiar si es:
- cónyuge o ex cónyuge;
- padre/madre o hijo/hija;
- cualquier persona relacionada por sangre con usted hasta el 4o grado de consanguinidad (esto incluye los vínculos familiares hasta los/las primos/as en primer grado);
- un familiar político (relacionado por matrimonio dentro del 2o grado de consanguinidad);1
- cualquier hijo/a que resida con el grupo familiar;
- una persona con quien usted tiene (o tuvo) un hijo/a en común;
- una persona con quien usted vive actualmente o ha vivido en el pasado;
- una persona con quien usted haya tenido o tiene una relación amorosa (romántica o íntima).2
1 Ark. Code § 9-15-103(5)
2 Ark. Code § 9-15-103(4)
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