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Información Legal: Nuevo México

Nuevo México: Protecciones en el Lugar de Trabajo

Actualizada: 
5 de enero de 2024

¿Quién está protegido por estas leyes?

Según la ley del estado de Nuevo México, usted podrá estar protegido/a si es:

1 N.M. Stat. § 50-4A-3

¿Cómo me protegen estas leyes?

Conforme estas leyes estatales de Nuevo México, su empleador/a debe permitirle tomar una “licencia por violencia doméstica” para protegerse del maltrato doméstico.1

Además, su empleador/a no puede castigarlo/a por usar licencia por violencia doméstica y no puede discutir su situación con otras personas.2

1 N.M. Stat. § 50-4A-2(B)
2 N.M. Stat §§ 50-4A-3, 50-4A-6

¿Que es la licencia por violencia doméstica? ¿Para qué puedo usar mi licencia por violencia doméstica?

La licencia por violencia doméstica es una licencia que puede ser con paga o sin paga. Usted puede usar esta licencia para trabajar ciertos asuntos relacionados con un incidente de violencia doméstica. La licencia por violencia doméstica incluye la licencia por enfermedad o cualquier otro tipo de licencia con paga que usted tenga disponga.1Para la licencia por violencia doméstica, un empleado/a puede usar una licencia con paga o sin paga por hasta ocho horas por día durante 14 días. Los 14 días pueden tomarse consecutivamente o pueden distribuirse durante el año calendario.2

Puede usar la licencia laboral por violencia doméstica para:

  • obtener o tratar de obtener una orden de protección u otro tipo de protección de la corte;
  • reunirse con oficiales de la policía;
  • hablar con un/a abogado/a o intercesor/a de víctimas de la fiscalía del distrito; o
  • asistir a una audiencia suya o de un familiar, relacionada con la violencia doméstica.2

1 N.M. Stat. § 50-4A-5(A)
2 N.M. Stat. § 50-4A-3