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Preparándose para la Corte: Carolina del Norte

Carolina del Norte: Armas de Fuego

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Armas de Fuego

Información Básica y Definiciones

¿Cuál es la diferencia entre leyes sobre armas de fuego federales y estatales? ¿Por qué necesito entender ambos?

En estas páginas sobre las leyes de armas de fuego, nos referimos a “leyes federales sobre armas de fuego” y a “leyes estatales sobre armas de fuego”.  La diferencia principal entre las leyes de armas de fuego federales y las leyes estatales se refiere a quién hace la ley, quién procesa a los/as que la incumplen, y qué castigo se aplica a los incumplimientos.

Una razón por la que es importante que conozca que existen estas diferentes leyes es para que pueda entender todas las formas posibles en que un/a agresor/a puede estar incumpliendo la ley, y así poder protegerse mejor.  A través esta sección nos referimos a las leyes estatales la mayoría del tiempo.  Asegúrese también de leer las páginas sobre Leyes de Armas de Fuego Federales para averiguar si algunas de las leyes federales son relevantes a su situación.  Hay que leer las leyes estatales y las leyes federales para ver cuáles, si algunas, han sido violadas por el/la agresor/a.

Si va a llamar a la policía porque entiende que el/la agresor/a ha violado una ley de armas, no necesariamente necesita decirle a la policía cuál ley se ha violado (si es estatal o federal) pero la policía local no puede arrestar a alguien por violar una ley federal, solo por violar las leyes estatales/locales.  Solo la agencia del orden a nivel federal, la Oficina de Alcohol, Tabaco, Armas de Fuego y Explosivos (ATF, por sus siglas en inglés), puede arrestar a alguien por violentar éstas las leyes federales.  Si la policía local entiende que se ha violado una ley federal, es posible que le notifiquen a la ATF o a la Fiscalía de los Estados Unidos en su estado (U.S. Attorney- que es la Fiscalía federal).  Para información sobre cómo puede contactar directamente a ATF para reportar la violación de las leyes federales de armas de fuego, vaya a ¿A quién debo notificar si pienso que el agresor no debe poseer un arma? Si el/la agresor/a está violando la ley estatal y la federal, puede ser que lo/a acusen en ambos foros, el estatal y el federal.

¿Cuál es la definición de delito grave?

A través de estás páginas de armas de fuego, nos referiremos a leyes que determinan que es illegal que una persona condenada por un delito grave posea un arma de fuego.  En Carolina del Norte, un delito grave es un delito que puede ser condenado con una sentencia en prisión de más de un año o con la pena de muerte.1   Aún así, no siempre se puede determinar si alguien fue condenado de delito grave simplemente por la cantidad de tiempo que la persona pasó en prisión, ya que en muchas ocasiones las condenas son reducidas porque el acusado se hace culpable.  Quizás quiera hablar con el/la fiscal del caso criminal en contra de el/la agresor/a para saber qué tipo de condena recibió el/la agresor/a si no está segura/o si el/la agresor/a fue condenado por delito grave.  También puede revisar los records de condena en el tribunal dónde fue condenado el/la agresor/a.

Para información de cómo se define delito grave bajo la ley federal, vaya a la página de Leyes Federales de Armas de Fuego.

1 NCGS § 14-1

Soy una víctima de violencia doméstica y el agresor tiene un arma de fuego. ¿Tengo alguna opción legal para quitarle el arma al agresor?

La ley de NC dice que una persona no puede poseer o comprar un arma de fuego si:

  • Está en probatoria y no tiene un permiso escrito del tribunal para poseer un arma de fuego;1
  • Ha sido condenado/a de un delito grave;2
  • Ha sido encontrado/a inocente de un crimen por razón de demencia;
  • Ha sido determinado que no tiene la capacidad mental para proceder en un caso criminal;3
  • Abusa de las drogas;
  • Un/a juez/a ha determinado que es mentalmente incompetente o que ha sido cometido a una institución mental;
  • Es un/a inmigrante ilegal en los Estados Unidos o ha renunciado a su ciudadanía; o
  • Ha sido dado/a de baja de las fuerzas armadas bajo condiciones deshonrosas.4

Puede que sea ilegal que el/la agresor/a tenga un arma de fuego si cualquiera de estas condiciones le aplican. También, si usted tiene una orden de protección en contra de el/la agresor/a, usted puede pedirle a un/a juez/a que le prohíba comprar o poseer un arma como parte de una orden de protección (DVPO). Para más información vaya a Tengo una orden de protección de violencia doméstica (DVPO) en contra del agresor. ¿Es posible que se quede con su arma o compre una nueva?

Además, las leyes federales, que aplican a todos los estados, limitan los derechos de un/a agresor/a de tener un arma si usted tiene una orden de protección que cumple con ciertos requisitos. Para más información vaya a Leyes Federales de Armas de Fuego.

1 NCGS § 15A-1343(b)(5)
2 NCGS § 14-415.1(a)
3 NCGS § 14-415.3(a)
4 NCGS § 14-404(c)

Armas de Fuego y DVPOs

Tengo una DVPO de emergencia ex parte contra el agresor. ¿Puede poseer un arma?

Es posible. En la audiencia de emergencia o ex parte, se supone que el juez pregunte si el agresor tiene armas de fuego, y debe ordenar que el agresor entregue sus armas de fuego si el juez encuentra que el agresor:

  • Tiene un historial de utilizar o amenazar con utilizar un arma mortal;
  • Ha amenazado con lastimar o matarla a usted o su hijo/a;
  • Ha amenazado con suicidarse; o
  • La ha lastimado gravemente a usted o su hijo/a.1

Si el juez no pregunta si el agresor tiene armas, por favor de todas maneras hable y provea esta información al juez. Usted puede pedirle al juez que ordene retirar las armas inmediatamente. Si el juez decide no agregar una restricción de arma de fuego en la orden ex-parte entonces tendrá que esperar hasta obtener una DVPO final.

1 NCGS § 50B-3.1

Tengo una orden de protección de violencia doméstica (DVPO) en contra del agresor. ¿Es posible que se quede con su arma o compre una nueva?

Depende.  Si un juez específicamente ordena en la DVPO que el agresor no puede tener o comprar un arma, entonces él/ella no puede tener ningún arma en su posesión - tener un arma puede ser una violación directa de la DVPO.  Cuando esté en la corte pidiendo una order de protección de violencia doméstica (DVPO) contra el agresor, puede pedirle al juez que específicamente ordene que el agresor no pueda tener o comprar un arma.1

De acuerdo a la ley en Carolina del Norte, el juez tiene que ordenar que las armas y munición le sean confiscadas como parte de la DVPO si el juez encuentra que el agresor ha hecho cualquiera de los siguientes:

  • Tiene un historial de usar o amenzar con utilizar un arma de fuego;
  • Ha amenzado con herirle gravemente o matarle a usted o a su hijo;
  • Ha amenzado con suicidarse; o
  • Le ha herido gravemente a usted o a su hijo.

El juez también debe ordernar que elo agresor entregue sus armas a una agencia del orden público en un periodo de 24 horas después de haber recibido la orden.  La prohibición de armas es efectiva mientras que la orden de protección esté vigente.2  

La ley descrita anteriormente puede que no aplique a oficiales del orden público, militares, y otros empleados gubernamentales que utilizan armas en sus deberes oficiales.4  Si el agresor es un policía, miembro militar, o alguien que utiliza un arma como parte de su trabajo, hable con algún representante del programa de violencia doméstica acerca de sus opciones.

Nota:  En adición, la ley federal, la cual aplica a todos los estados, limita el derecho de un agresor de poseer un arma si usted tiene una orden de protección en su contra que cumple con ciertos requisitos, aún si el juez no incluye en la orden específicamente que el agresor no puede tener un arma.  Para más información vaya a Leyes Federales de Armas de Fuego.

Si usted tiene temor por su seguridad, hable con un programa local de violencia doméstica acerca de un plan de seguridad y otras opciones.  

1 NCGS § 50B-3(a)(1)
2 NCGS § 50B-3.1(a)
3 NCGS § 50B-3.1(k)

¿Qué pasará con las armas cuando expire mi DVPO?

Una vez expire su DVPO (incluyendo las extensiones/renovaciones), el/la agresor/a tendrá 90 días para pedirle a la corte que le regresen sus armas.  La corte le dará un audiencia.  Usted tendrá la oportunidad de estar presente y de ser escuchado/a en esta audiencia.

Las armas no deben ser regresadas a el/la agresor/a si:

  • se le ha prohibido tener o poseer un arma bajo cualquier ley federal o estatal; o
  • hay cargos criminales pendientes en contra de él/ella por un delito que cometió en contra de usted.  En ese caso, las armas no se le van a devolver hasta que se decida el caso criminal y entonces se tome una decisión.1

Para información de cómo renovar su DVPO antes de que expire, puede ir a ¿Cómo puedo extender mi orden?

1 NCGS § 50B-3.1(f)

¿Hay algo que pueda hacer para que sea más probable que le confisquen el arma al agresor una vez que obtenga una orden de protección (DVPO)?

Existen varios pasos que usted puede tomar para enfatizar a el/la juez/a que esta restricción debe ser escrita en la order:

  1. Asegúrese de incluir toda la información en su denuncia si el/la agresor/a ha hecho cualquiera de lo siguiente:
    • Tiene un historial de haber utilizado o amenazado con utilizar un arma mortal;
    • La ha amenazado de lastimar seriamente o matarla a usted o a su hijo/a;
    • Ha amenazado con suicidarse; o
    • La ha maltratado y/o lastimado seriamente a usted o a su niño/a.1
  2. Si el/la agresor/a tiene armas, dígale a el/la juez/a cuántas armas tiene, dónde guarda las armas (si sabe) y se él/ella le ha amenazado con el arma.
  3. Pídale a el/la juez/a que marque el encasillado en su DVPO donde dice que el/la agresor/a no puede poseer o comprar un arma mientras la DVPO esté en vigencia.
  4. Antes de retirarse de la corte, asegúrese que la restricción de armas está marcada en su DVPO.

Puede ser de ayuda si el/la juez/a explica que sucederá con las armas de el/la agresor/a una vez usted salga de la corte, quién las tomará, y dónde se guardarán.

1 NCGS § 50B 3.1

Armas y Condenas Criminales

¿Puede el agresor poseer o comprar un arma si ha sido convicto de un delito?

Si una persona ha sido condenado de un delito grave, él/ella no puede poseer o comprar un arma según las leyes de Carolina del Norte.  Poseer un arma en violación de esta ley es un crimen grave (felonía) de clase G.1   La ley federal, la cual aplica a todos los estados, también limita el derecho de una persona de tener un arma si ha sido condenado de ciertos delitos.  Para más información vaya a Leyes Federales de Armas de Fuego.  

1 NCGS § 14-415.1(a)

¿Cómo puedo saber si el agresor ha sido convicto de un delito?

Los registros de delitos menores y mayores son accesibles al público pero no son siempre fáciles de acceder.  Si usted sabe exactamente el tribunal de justicia en donde el/la agresor/a pudo haber sido sentenciado/a, puede ir a ese tribunal y pedirle a el/la secretario/a tener acceso a esos registros.

La ley federal prohíbe específicamente la posesión de un arma de fuego si la persona ha sido sentenciado/a por cualquier delito mayor o por un delito menor de violencia intrafamiliar.  Los registros criminales que calificarían a la persona como no elegible para comprar un arma de fuego también son mantenidos en el Centro Nacional Instantáneo sobre Antecedentes (NICS por sus siglas en inglés).  Sin embargo, sólo los/as oficiales del orden público y los/as vendedores oficiales de armas de fuego, pueden acceder a los registros de NICS.  Su departamento de policía puede estar dispuesto a acceder a NICS si usted se lo pide, pero ellos/as no están obligados/as a hacerlo.

Para leer más sobre NICS, por favor vea la pregunta, ¿Qué sucedería si el agresor intenta comprar un arma?

 

 

Se Supone que el Abusador No Puede Tener un Arma...¿y Ahora Qué?

¿Qué pasa si una DVPO le quita al agresor el derecho a tener un arma?

El agresor tiene que entregar sus armas inmediatamente al sheriff. Si las armas no pueden ser entregadas en el momento que se le da notificación de la DVPO, el agresor tiene que entregar las armas al sheriff dentro de 24 horas después de recibir notificación. El sheriff almacenará las armas y otros artefactos, el sheriff puede contratar un vendedor de armas licensiado para el almacenaje. El sheriff puede cobrar una tarifa razonable al agresor.1

Es un delito grave clase H no entregar las armas y municiones, o proveer información falsa acerca de dónde se encuentran las armas.2

1 NCGS § 50B-3.1(d)
2 NCGS § 50B-3.1(j)

¿A quién debo notificar si pienso que el agresor no debe poseer un arma?

Si piensa que el/la agresor/a está violando las leyes estatales de armas de fuego, puede llamar a la policía local, a la oficina de el/la alguacil (sheriff) o a la Policía Estatal.  Si piensa que el/la agresor/a está violando las leyes de armas federales, puede llamar a la Oficina de Alcohol, Tabaco, Armas de Fuego y Explosivos (ATF, por sus siglas en inglés).

Puede encontrar información para los departamentos de el/la alguacil (sheriff) en su área en nuestra página NC Comisarías del Sheriff.

Puede encontrar las oficinas de ATF en Carolina del Norte en el sitio de web de ATF.  Para reportar actividad ilegal de armas de fuego, una persona puede también llamar a 1-800-ATF-GUNS (1-800-283-4867).  Muchas oficinas de ATF tienen defensores/as de víctimas, llamados/as “coordinadores/as de víctimas/testigos”.  Quizás pueda hablar con uno/a de estos/as defensores/as si está teniendo problemas contactando (o recibiendo una llamada de vuelta) de un/a oficial de ATF.

Una organización local que trabaje con violencia doméstica también puede ser que pueda contestar sus preguntas y ayudarle a hablar con los/as oficiales del orden necesarios/as.  Puede encontrar información de contacto de organizaciones en su área en nuestra página NC Intercesoras y Albergues.

Nota: Generalmente, el/la agresor/a no tiene que tener conocimiento de la ley para ser arrestado/a por violarla.  Si el/la agresor/a tiene o compra un arma de fuego en violación de la ley, el/la agresor/a puede ser arrestado/a, aún si sabe o no que está violando la ley.1

1United States v. Lippman, 369 F. 3d 1039 (8th Cir. 2004); United States v. Henson, 55 F. Supp. 2d 528 (S.D. W.V. 1999)

¿Qué puede suceder si el agresor intenta comprar un arma?

Antes de comprar un arma de fuego de un/a vendedor/a licenciado/a, todos los/las compradores/as deben someterse a un chequeo de antecedentes penales realizado por el Sistema Nacional de Chequeo Instantáneo de Antecedentes Penales (“National Instant Criminal Background Check System,” o “NICS” por sus siglas en inglés). El Sistema Nacional de Chequeo Instantáneo de Antecedentes Penales es utilizado por los/as licenciatarios/as federales de armas de fuego (“FFLs,” por sus siglas en inglés) para determinar de forma instantánea si alguien es elegible para recibir explosivos o armas de fuego.1 Si el/la agresor/a tiene una orden de protección calificada en su contra o, si ha sido sentenciado/a por un delito grave o un delito menos grave por violencia doméstica intrafamiliar en cualquier estado, esos registros deben estar en el NICS, lo cual debería imposibilitarle a el/la agresor/a comprar un arma de fuego. No todos los estados tienen un sistema automatizado de registro, lo que dificulta el proceso de verificación de antecedentes penales, por lo tanto, algunos criminales y agresores/as logran burlar el sistema. También es importante saber que no se necesita una verificación de antecedentes penales para ventas privadas y a través del Internet.

Si el/la agresor/a pudo comprar un arma y usted entiende que él/ella no debe tener una legalmente, usted puede avisarle a la policía y pedir que le quiten el arma y quizás ellos/as lo/a investigarán. Generalmente no es buena idea asumir que porque el/la agresor/a pudo comprar un arma, es legal que la tenga.

1National Criminal Justice Reference Service website

¿Cuál es la penalidad por violar la ley estatal de armas de fuego?

Cualquier persona que tenga posesión o compre un arma en violación a una DVPO que tiene una provisión que específicamente prohíbe un arma puede ser culpable de un delito grave clase H.1  Si una persona ha sido condenado de un delito grave, él/ella no puede poseer o comprar un arma según las leyes de Carolina del Norte.  Poseer un arma en violación de esta ley es un crimen grave (felonía) de clase G.2  

Para más información acerca de la penalidad por violar la ley federal sobre armas de fuego, vaya a la página de Leyes Federales de Armas de Fuego.

1 NCGS § 50B-3.1(j)
2 NCGS § 14-415.1(a)

Más Información y Dónde Conseguir Ayuda

No tengo una orden de protección contra el agresor y no ha sido condenado por un delito. ¿Puedo tener o comprar un arma?

Puede haber otras razones (aparte de las condenas criminales y ser demandado/a en una orden de protección) por las que sea ilegal que alguien posea un arma de fuego. Bajo la ley de Carolina del Norte, una persona tiene que primero solicitar un permiso antes de poseer legalmente un arma. De acuerdo a la ley se les debe negar el permiso a las siguientes personas, y por ende es ilegal que posean un arma:

  • alguien que ha sido declarado inocente de un crimen por razón de demencia;
  • alguien que ha sido determinado que no tiene la capacidad mental para proceder en un caso criminal;1
  • alguien que es un/a usuario de drogas o es un/a adicto/a;
  • alguien que un/a juez/a ha determinado que es mentalmente incompetente o que ha sido cometido a una institución mental;
  • un/a inmigrante ilegal en los Estados Unidos o alguien que ha renunciado a su ciudadanía de los EEUU; o
  • alguien que ha sido dado de baja de las fuerzas armadas bajo condiciones deshonrosos.2

Aunque ninguna de estas situaciones le apliquen, todavía puede hacer un plan de seguridad. Para más información vea nuestra página de Planificación de Seguridad. También puede comunicarse con un programa local de violencia doméstica para recibir ayuda adicional.

Para más información sobre las leyes de armas de fuego en North Carolina, puede ir al sitio web del Centro Legal para Prevenir la Violencia con Pistolas.

También, las leyes federales, que se aplican en todos los estados, prohíben que el/la agresor/a tenga un arma bajo otras circunstancias. Para obtener más información, ingrese a Leyes Federales sobre Armas de Fuego.

1 NCGS § 14-415.3(a)
2 NCGS § 14-404(c)

¿Aplican las leyes estatales de armas de fuego si el agresor es un oficial del orden público o un oficial gubernamental?

Quizás. Si el agresor no ha sido condenado de un crimen y usted tiene una DVPO en su contra, es posible que el agresor aún tenga derecho a utilizar el arma para propósitos laborales, pero no para uso personal.1 Puede pedirle al juez en la audiencia para la DVPO que el agresor no pueda tener un arma para propósitos laborales. Si el juez decide marcar ese encasillado el agresor no podrá utilizar el arma ni con fines laborales ni para uso personal. Para ver una copia de la orden de DVPO, visite nuestra página Formularios Judiciales.

Si está confundida/o o no está segura/o si el agresor puede utilizar su arma con fines laborales puede comunicarse con un consejero de violencia doméstica en su área o llamar al Centro Nacional de Fe y Crédito Completo para obtener mas información.

1 NCGS § 50B-3.1(k)

He leído ya toda esta información pero aun sigo confundida. ¿Qué puedo hacer?

Tratar de comprender tanto la ley estatal como la ley federal puede ser bastante complicado pero hay personas que pueden ayudarle a entender mejor la ley y los derechos que posee bajo la misma.  Usted puede: