¿Cómo registro mi orden de protección en Rhode Island?
Usted puede registrar su orden de protección llevando una copia certificada de la orden a cualquier corte superior, familiar o de distrito, o entregándole una copia certificada a la policía. También deberá escribir una declaración jurada (afidávit) de que, a su mejor conocimiento, la orden es válida. Luego, la orden será añadida al Registro de Órdenes de Restricción y Órdenes de No Contacto de Rhode Island, RONCO por sus siglas en inglés.1
No necesita un/a abogado/a para registrar su orden de protección. Si el proceso le confunde o le preocupa, puede contactar una organización local de violencia doméstica en Rhode Island para pedir la ayuda de un/a intercesor/a local. Para encontrar una organización local de violencia doméstica, visite nuestra página Intercesoras y albergues en Rhode Island.
1 R.I. Gen. Laws §§ 12-29-1.1(b); 15-15.1-5(a), (d), (e)