¿Qué protecciones puedo obtener en una orden de protección contra la violencia doméstica o violencia entre novios/as?
Una orden ex parte y una orden de protección final pueden:
- ordenarle a el/la agresor/a que no le maltrate, acosarle y molestarle a usted;
- ordenarle el/la agresor/a que no le contacte a usted o a sus hijos/as;
- evitar que el/la agresor/a entre a su hogar, escuela, negocio o lugar de trabajo, o el de sus hijos/as;
- desalojar a el/la agresor/a y otorgarle a usted la posesión de la residencia, incluso si la residencia es propiedad de el/la agresor/a;
- otorgarle a usted la custodia de sus hijos/as;
- exigir que el/la agresor/a le pague manutención mensual;
- exigirle a el/la agresor/a que pague el alquiler, la hipoteca o las utilidades;
- requerir que el/la agresor/a vea a un/a consejero/a;
- ordenar que el/la demandado/a no retire, perjudique, oculte, haga daño o se deshaga de cualquier animal de compañía del que usted sea dueño/a o que posea (y el/la juez/a puede permitirle a usted que retire a su animal de compañía de la posesión de el/la agresor/a);
- otorgarle a usted el uso de vehículos motorizados y otras posesiones;1
- decirle a un/a proveedor/a de servicios inalámbricos que transfiera los derechos y la responsabilidad de facturación de cualquier número(s) de servicio inalámbrico (teléfono celular) que usted o cualquier menor en su casa use, si usted aún no es el/la titular de la cuenta;2 y
- conceder cualquier otro remedio que el tribunal considere razonable y justo.1
Que un/a juez/a ordene alguna o todas las medidas anteriores depende de los hechos de su caso.
1 Ohio Rev. Code § 3113.31(E)(1)
2 Ohio Rev. Code §§ 3113.31(E)(1)(k); 3113.451