¿Quién puede obtener una orden de protección contra el maltrato?
- Usted puede solicitar una orden de protección contra el maltrato basada en actos de maltrato que usted o su hijo/a menor haya sufrido por parte de un familiar, miembro del hogar o novio/a, que se define como:
- su esposo/a o ex esposo/a;
- una persona con quien usted tenga un/a hijo/a en común;
- una persona con quien usted viva o haya vivido;
- su actual o antigua pareja sexual;
- una persona con quien usted tenga una relación de sangre o matrimonio;
- un/a novio/a o ex novio/a, aunque no hayan tenido una relación sexual.1
- Una persona adulta o menor de edad también puede solicitar una orden de protección contra el maltrato en contra de cualquier persona, independientemente de la relación. Esta petición se puede presentar contra cualquier persona que haya cometido uno de los actos de maltrato que se explican en la parte 2 de ¿Cuál es la definición legal de maltrato en Maine?2
- Si usted tiene 60 años o más (una persona adulta mayor), es una persona adulta dependiente o una persona adulta incapacitada, también puede solicitar una orden de protección contra el maltrato en contra de un miembro de su familia extendida o una persona cuidadora no remunerada. El/la tutor/a legal de la persona adulta mayor o dependiente, o un representante del Departamento de Salud y Servicios Humanos también puede solicitar este tipo de orden. 3
La ley incluye las siguientes definiciones:
- Persona adulta dependiente. Usted puede considerarse una persona adulta dependiente si tiene una condición física o mental que debilita considerablemente (afecta sustancialmente) su capacidad para satisfacer adecuadamente sus necesidades diarias. Esto incluye, pero no se limita a:
- vivir en un hogar de personas mayores;
- vivir en un centro de vida asistida; o
- independientemente de dónde viva, ser:
- incapaz de realizar el autocuidado debido a la edad avanzada o a una enfermedad, un trastorno o un defecto físico o mental; o
- total o parcialmente dependiente de una o más personas para recibir cuidado o apoyo, ya sea emocional o físico, porque sufre de una limitación significativa en su capacidad para moverse (movilidad), visión, audición o funcionamiento emocional o mental.4
- Persona adulta incapacitada. Usted puede considerarse una persona adulta incapacitada si no puede cumplir con los requisitos esenciales de su salud física, seguridad o auto cuidado, incluso con la asistencia tecnológica adecuada que esté razonablemente disponible, debido a que no puede:
- absorber y comprender información; o
- tomar o comunicar decisiones infomadas.5
- Miembro de la familia extendida. Esto incluye, pero no se limita a, una persona que esté relacionada con usted por sangre, matrimonio o adopción. No importa si alguna vez ha vivido con esta persona.
- Persona cuidadora no remunerada. Esto incluye, pero no se limita a, alguien que voluntariamente le ofrezca cuidado personal a tiempo completo, a tiempo parcial o de manera ocasional en su hogar, parecido a como lo haría un familiar. Esta persona no puede ser remunerada (recibir paga) por sus servicios.3
Si usted no es elegible basado en la información anterior, vea nuestra sección Órdenes de protección contra el acoso para ver si califica para esa orden.
1 Me. Rev. Stat. tit. 19-A, §§ 4102(6); 4103(1)(A)
2 Me. Rev. Stat. tit. 19-A, § 4103(1)(B)
3 Me. Rev. Stat. tit. 19-A, § 4103(3)
4 Me. Rev. Stat. tit. 22, § 3472(6); Me. Rev. Stat. tit. 17-A, § 555(2)(B)
5 Me. Rev. Stat. tit. 22, § 3472(10)
¿Puedo conseguir una orden de protección contra una pareja del mismo sexo?
En Maine, puede solicitar una orden de protección contra una pareja del mismo sexo actual o anterior siempre que la relación cumpla con los requisitos enumerados en ¿Quién puede obtener una orden de protección contra el maltrato? Además, usted debe ser víctima de un acto de violencia doméstica, que se explica en ¿Cuál es la definición legal de violencia doméstica en Maine?
¿Puede un menor solicitar una orden?
Un/a menor de edad puede solicitar una orden de protección contra el maltrato. La ley también permite que una “persona responsable de el/la menor” o un/a representante del Departamento de Salud y Servicios Humanos presente la petición en nombre de el/la menor.1
Una persona responsable de el/la menor significa:
· alguien responsable de la salud o el bienestar de el/la menor, incluyendo a su tutor/a;
· un centro con licencia que ofrezca servicios de cuidado para el/la menor; o
· una persona cuidadora con licencia para el/la menor.2
1 Me. Rev. Stat. tit. 19-A, §§ 4103(2); 101(4)
2 Me. Rev. Stat. tit. 22, § 4002(9)
¿Cuánto cuesta? ¿Necesito un abogado?
No hay costo alguno por solicitar una orden de protección contra el maltrato.1 Usted no necesita a un/a abogado/a para solicitar una, sin embargo, es posible que quiera tener a un/a abogado/a, especialmente si el/la agresor/a tiene uno/a o si hay temas complicados en su caso. Si puede, contacte a un/a abogado/a para asegurarse que sus derechos legales estén protegidos. Si no puede pagar un/a abogado/a, es posible que pueda conseguir ayuda legal gratis o a bajo costo en nuestra página Maine Encontrando a un Abogado.
Es posible que las organizaciones de violencia doméstica en su área también puedan ayudarle durante el proceso legal y tengan referidos de abogados/as. Vea nuestra página Maine Intercesoras y Albergues.
Si va a presentarse en la corte sin un/a abogado/a, nuestra sección Preparándose para la Corte – Por su Cuenta puede servirle de ayuda.
1 19-A M.R.S.§ 4106(3)




