Si el otro padre y yo hacemos un acuerdo de despliegue, ¿tenemos que presentarlo en la corte?
Si ya tiene una orden de custodia o manutención de menores de una corte, debe presentar una copia del acuerdo de despliegue en la corte. Esto debe presentarse dentro de un “plazo razonable”.1 El/la padre/madre que se despliega también debe entregarle una copia a cualquier persona que no sea uno de los padres y se le haya otorgado la responsabilidad de custodia temporal. 2
1 51 Pa.C.S. § 4615
2 51 Pa.C.S. § 4611(b)(2)




