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Información Legal: Carolina del Sur

Leyes Estatales de Armas de Fuego

Actualizada: 
13 de noviembre de 2023

No tengo una orden de protección contra la persona que abusa de mí, y esta persona no ha sido condenada por un delito. ¿Puede él/ella tener una arma?

Aun cuando no tenga una orden de protección que prohíba que el/la agresor/a posea un arma y el/la agresor/a no haya sido declarado/a culpable de ningún delito, las leyes de Carolina del Sur hacen ilegal el tener una pistola en las siguientes circunstancias:

  • es adicto/a a las drogas o alcohólico/a;
  • ha sido declarado/a mentalmente incompetente por un/a juez/a;
  • es menor de 18 años, con algunas excepciones para miembros de las Fuerzas Armadas o personas que estén bajo la supervisión inmediata de un/a padre/madre o instructor/a adulto/a;
  • ha sido declarado/a no apto/a para portar o poseer un arma de fuego por un/a juez/a en una corte de circuito o corte de condado en Carolina del Sur; o
  • es miembro de una “organización subversiva.”1

Si ninguna de estas situaciones son aplicables, usted todavía puede hacer un plan de seguridad.  Vea nuestra página de Planificación de Seguridad para más información.  También puede contactar a su organización local de violencia doméstica para ayuda adicional. Puede que quiera hablar con ellos/as para decidir si salir del área - por mucho o poco tiempo - puede ayudarle a mejorar su seguridad.

Para más información sobre las leyes de armas de fuego en Carolina del Sur, puede ir al sitio web del Centro Legal para Prevenir la Violencia con Armas de Fuego.

También, las leyes federales, que se aplican en todos los estados, prohíben que el/la agresor/a tenga un arma bajo otras circunstancias. Para obtener más información, ingrese a Leyes Federales sobre Armas de Fuego.

1 S.C. Code §§ 16-23-30(A)(1), (B); 16-23-10(3), (4)