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Información Legal: Pensilvania

Órdenes de Restricción

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Actualizada: 
15 de diciembre de 2023

Paso 4: La audiencia

Independientemente de si un juez le otorga una orden temporal o no, le darán una fecha en el juzgado para la audiencia referente a su petición al cabo de diez días laborables (asumiendo que no despide a su petición). Esta audiencia será delante de un juez, quien decidirá si le otorga o no una PFA final.1

Es sumamente importante que asista a la audiencia del juzgado, de lo contrario su orden temporal expirará y tendrá que empezar todo el proceso de nuevo. Si no puede asistir de ninguna manera, contacte con el protonotario de inmediato y pídale como puede obtener un “aplazamiento” para otra fecha del juzgado.

Si el agresor no asiste a la audiencia, puede que el juzgado expida una orden de no presentarse (“default”) en contra de él/ella y usted puede recibir una orden de protección contra el maltrato final en su ausencia. El juez también puede decidir escoger una nueva fecha para la audiencia y darle al agresor otra oportunidad para ir al juzgado. Si esto sucediera, asegúrese de pedirle al juez que extienda su orden temporal, en el caso de que tuviera una.

En la audiencia, tendrá la oportunidad de testificar en el juzgado y presentar pruebas y testigos para demostrar el abuso y acoso sufridos. El agresor también puede presentar pruebas y testificar en la audiencia para defenderse. Si quiere, puede llevar un abogado para que la represente en la audiencia, sobre todo si cree que el agresor tendrá uno. Vaya a nuestra página de PA Encontrando a un Abogado para ver un listado de algunos abogados que cobran y otros que no por sus servicios. Si usted va a estar en la corte sin un abogado, usted puede visitar nuestra sección de Durante la Audiencia para maneras en que usted puede probar al juez que usted fue abusada. Puede aprender más información sobre el sistema judicial en nuestra página Preparándose para la Corte - Por su Cuenta.

1 23 Pa.C.S.A. § 6107(a)